Señor Director:
Recientemente, el Primer Juzgado de Familia de San Miguel resolvió a favor de unos padres que fueron injustamente requeridos por un centro de salud público, acusándolos de eventual negligencia y agresividad y de manifestar rechazo al cambio de identidad de género de su hija de 13 años.
La familia, representada por la Corporación Comunidad y Justicia, eligió defenderse en tribunales argumentando, fundadamente, que no existe ninguna negligencia y agresión que amerite sanción jurídica y que ninguna persona o institución puede ni está en mejor posición o condición para tomar decisiones relativas a salud de la niña que sus padres. El tribunal acogió la argumentación de la familia en el sentido de que la decisión del tratamiento de salud mental de la niña, para tratar los síntomas de ansiedad, depresión y disforia de género, les pertenece a sus padres y que, en dicho contexto, la actuación de cualquier otro centro de salud público sería contrario al principio de mínima intervención estatal sobre una familia.
El fallo permite mostrar que las causas judiciales en que está envuelta la cuestión del género en menores de edad, no se resuelven automáticamente con la exaltación irresponsable de las apetencias -todavía en formación y maduración- del niño y la repetición de frases pomposas de (un supuesto) derecho internacional burocratizado, pero muy lejos de ajustarse a la naturaleza de las relaciones paternofiliales.
La solución de este tipo de realidades no depende de argumentos abstractos basados en genéricos criterios de “perspectiva de género” que siempre enfatizan soluciones de “ingeniería jurídica” para una realidad traspasada por afectos, complejidades y fracturas muy profundas. Es deseable, en este sentido, regresar a la evidencia científica, la psicología integral y al respeto de la autoridad paternal.
Esta sentencia devuelve la esperanza, tanto para los niños como para sus padres, de que todavía se puede hacer algo sensato por la familia. Es valioso que un tribunal de familia, en medio de presiones por fallar con perspectiva de género, olvidando las verdades metafísicas y éticas de la familia y la persona, se tome en serio un asunto de máxima delicadeza y no ceda ante el de temor de ser silenciado, amenazado o intimidado simplemente por sostener la vía más razonable para la perfección y felicidad de los niños.
Javier Mena Mauricio y Luis Robert Valdés, Abogados Comunidad y Justicia