La iniciativa, que buscaba incluir este tipo de materias desde una temprana edad, fue archivada al no alcanzar el quórum requerido. De esto nos cuenta en la siguiente nota, Agustín Lizana Rivera.
Por falta de quórum (89 votos), la Cámara de Diputados rechazó el proyecto de ley que buscaba establecer normas sobre educación sexual en los establecimientos educacionales.
Cinco artículos requerían de 89 votos, al tratarse de aspectos propios de la ley orgánica constitucional. Con 73 respaldos, 67 rechazos y dos abstenciones, la iniciativa fue archivada.
El proyecto de Educación Sexual Integral planteaba que los establecimientos educacionales, según el grado de madurez de los menores, debía incluir en los niveles de enseñanza parvulario, básica y media, programas de educación en afectividad, sexualidad responsable y género.
En específico, la iniciativa buscaba establecer, entre otras cosas que hemos explicado en notas anteriores, “derechos en materia de sexualidad y reproducción”. Incorporaba como un principio el “desarrollo pleno, libre y seguro de la sexualidad, la afectividad y el género”. Establecía como uno de los objetivos de aprendizaje el “autoconocimiento” y “erradicar las discriminaciones basadas en el sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género”.
Además, indicaba que “ningún establecimiento podría abstenerse de proporcionar a los niños, niñas y adolescentes educación en sexualidad desde la educación parvulario y con los contenidos mínimos establecidos por la ley y establecidos por las Bases Curriculares para cada ciclo educativo, desde una visión laica, crítica y libre de sexismo”.
Durante la discusión del proyecto de ley, Comunidad y Justicia participó arduamente en el debate público sosteniendo que la iniciativa atentaba directamente contra el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos.
Como bien señala Vicente Hargous, abogado del área legislativa de la Corporación, este proyecto de ley significaba “un riesgo al bien superior de los niños, niñas y adolescentes del país”. Agrega que era una iniciativa “incompatible con algunos proyectos educativos y por lo mismo, atentaba con la libertad de enseñanza” ya que estipulaba que su aplicación debía ser obligatoria por parte de los establecimientos educacionales, según los mínimos establecidos por la ley.