Señor Director:
Respondo al profesor Íñigo de la Maza (jueves): proteger, etimológicamente, significa cubrir o resguardar del daño exterior; para el nasciturus implica evitar los daños que le impedirían vivir y nacer. Estos son muchos y variados y no todos pueden ni deben evitarse. Pero hay un piso al que obliga el sentido común: omitir aquellos actos que deliberada y directamente procuran matarlo.
La ley que autoriza e incluso garantiza como prestación de salud los actos que directamente intentan y causan la muerte del que está por nacer (sea como fin o como medio) hace todo menos protegerlo. Es una aberración moral, sanitaria y jurídica. Eso es la ley de aborto vigente en Chile y, como injusticia gravísima, debe ser derogada.
Álvaro Ferrer del Valle
Director Ejecutivo de Comunidad y Justicia