Álvaro Ferrer en La Tercera: “Hay un argumento constitucional para limitar la ley de aborto en tres causales”
El abogado, si bien afirma que el artículo aprobado esta semana en el órgano redactor no significa la derogación de la legislación actual, sí reconoce que lo visado provoca un conflicto con las tres causales vigentes. “Se mandata a que el legislador debe evitar aquellos actos que pueden impedirle, a quien está por nacer, que llegue a nacer”, dice.
El abogado Álvaro Ferrer es el director ejecutivo de Comunidad y Justicia. Hace clases en la Universidad Católica y es el secretario general de la Universidad Finis Terrae. Hace poco estuvo exponiendo en el Consejo sobre la iniciativa popular llamada “Toda vida cuenta”. En esta entrevista entrega su mirada sobre los alcances jurídicos que tendrían las normas aprobadas por el órgano redactor.
¿Cuál era la implicancia de la norma rechazada que definía que “todo ser humano es persona”?
Lamentablemente esa norma se rechazó por un solo voto. Si se hubiera aprobado es lo que yo denominaba que era un avance civilizatorio. Que la Constitución comience a reconocer la dignidad como el principio fundamental del derecho y de la justicia, y que luego afirme que todos los seres humanos son personas, es un piso básico. Es algo esencial que hace que el texto constitucional tenga legitimidad no solo democrática, sino que jurídica y moral.
¿Qué consecuencias tiene que se cambie la frase “la ley protegerá la vida del que está por nacer” por “la ley protegerá la vida de quien está por nacer”?
Gramaticalmente “quien” es un pronombre relativo y se usa exclusivamente para referirse a personas. Ontológicamente, “quien” es un pronombre relativo solo respecto de un ser personal. “Quien” se refiere a alguien y no a algo. Respecto del “que”, los defensores del aborto han argumentado que esa expresión distingue entre un objeto de protección de un sujeto de derecho o un titular del derecho subjetivo a la vida de una persona. La expresión “quien” marca un cambio no accidental, es un cambio sustantivo en la dirección de reconocer el derecho a la vida de una persona que está por nacer.
¿El Consejo va un paso más allá que la Comisión Ortúzar?
Yo considero que sí. Es una muy buena noticia porque va en la línea de lo que debe ser una protección inequívoca.
¿En qué pie queda el aborto en tres causales?
El efecto inmediato no es la derogación de la actual ley de aborto. Ese mandato al legislador es incompatible con que legisle, ya sea legalizando o legitimando, hipótesis de aborto directo. Se mandata a que el legislador debe evitar aquellos actos que pueden impedirle, a quien está por nacer, que llegue a nacer. Lo que no puede hacer es autorizar que se realicen actos que, de manera directa y deliberada, provoquen la muerte de quien está por nacer. Con esta norma el Consejo lo que hace es proscribir al legislador la legalización de cualquier hipótesis de aborto directo, aquel en que el fin próximo de la acción es matar a quien está por nacer.
¿O sea no habría derogación?
No. La ley actual regula tres causales de aborto directo que la norma no las deroga, pero sí impide el reconocimiento de un supuesto derecho humano al aborto directo y, con mayor razón, al aborto directo y libre, el cual no existe en el derecho internacional de los derechos humanos. La gran diferencia es que ya no es posible cosificar al ser humano no nacido tratándolo como cosa. Si se trata de alguien, se deslegitima todo acto deliberado que, de manera directa, intenta darle muerte. La norma del Consejo incluso permite afirmar que ahora la protección de la vida humana tiene lugar desde la concepción, pues el ser personal radica en lo que este ser es, no en sus accidentes o aquello que adquiere o posee.
Pero hay dos causas que podrían ser lo que llama hipótesis de aborto directo.
Si esta norma lo que hace es prohibir todas las hipótesis de aborto directo, sí creo que entra en conflicto no solo con dos, sino que con las tres causales. Que entre en conflicto no significa que la ley se derogue. Lo que ocurre es que hay un argumento constitucional para intentar, a futuro, limitar la ley de aborto en tres causales.
¿Una norma así instala una barrera para que el legislador apruebe una ley de aborto directo sin causales?
Si esta Constitución se aprueba no está expresamente prohibiendo el aborto directo que ya está consagrado en las tres causales, pero sí nos da un argumento constitucional para seguir en esa batalla. Si la eventual nueva Constitución no es compatible con la hipótesis de aborto directo, puesto que la competencia del legislador es específica en que debe proteger la vida de quien está por nacer y el aborto directo es contrario a ese mínimo negativo, yo no veo espacio con una Constitución semejante para una ley de aborto libre, en ningún caso.
¿Una batalla judicial?
Veo un espacio para interponer recursos de protección para proteger la vida de quien está por nacer que se ve amenazada ante las hipótesis de aborto directo. También veo espacio para reforzar la tutela preventiva que establece el Código Civil. Esa norma es impresionante. Se le da la orden al juez para adoptar todas las providencias que estime necesarias para proteger la vida de quien está por nacer cuando crea que, de algún modo, peligra.
¿Es correcto dejar esta limitación a nivel constitucional?
No es real decir que se clausura el debate democrático. La Constitución limita el debate democrático en todas las materias que son objeto de regulación constitucional, es su ADN. Es hipócrita afirmar algo semejante solo para esta materia y no sobre todas las demás. Estas limitaciones no son cláusulas pétreas, puesto que esa misma sede democrática puede modificar la Constitución.
Considerando a las personas que piensan que esto sí es un derecho de las mujeres y un derecho sexual y reproductivo, ¿cómo toma que ese mundo quede excluido?
Aquí se habla mucho de una Constitución que nos una y que sea transversal. Eso solo será real en la medida en que el contenido de la Constitución sea racional y esté rectamente ordenado al bien común. No es racional, y de suyo es contrario al bien común, un contenido que distingue entre clases de seres humanos. La que nos una a todos será la mejor Constitución posible, la que nos una a todos será la Constitución más racional y más rectamente ordenada al bien común.
Agenda legislativa: 25 al 29 de septiembre
Vicente Hargous: “¿Quién o qué?: la cuestión fundamental para el debate del aborto”
En el Pleno del Consejo Constitucional se aprobó una norma incluida en el numeral del derecho a la vida: “la ley protege la vida de quien está por nacer”. Muchos han señalado que eso implicaría mantener la normativa vigente. Sin embargo, esa afirmación pasa por alto un cambio esencial: la referencia al ser humano no nacido como un quien. Eso hace toda la diferencia. Todo está ahí: si se trata de alguien, por alambicado que sea el argumento que se esgrima, se deslegitima todo acto que de manera directa le dé muerte o intente provocarla. Y es que pensar que la introducción de la palabra quien no debería producir efecto alguno manifestaría un desconocimiento de la profundidad filosófica de esta palabra, porque, como señala el filósofo Robert Spaemann, “las personas son seres que son lo que son, en forma diferente de los demás seres”. Y ahí está el quid del asunto.
“El ser personal” -dice Spaemann- “es el modo en que el ser humano es”. Siguiendo este argumento, podemos decir sin temor a pecar de temeridad que se subsana completamente el gravísimo error de haber rechazado la expresión “todo ser humano es persona”, contenida en el artículo 1 inciso primero. Ser humano, ser alguien, ser un quién, ser persona… todas esas expresiones designan a un mismo sujeto. Y sin embargo, el ser personal no designa ciertas características perceptibles, sino el existir mismo de quien es alguien, que es totalmente distinto del existir de una cosa, de un algo.
Pero ahí no termina el argumento: la enmienda aprobada incluso nos permite afirmar que ahora la protección de la vida humana tiene lugar desde la concepción, como quedó claro también en intervenciones de consejeros que votaron a favor de ella. El ser personal “ni comienza a existir con posterioridad al ser humano, ni cesa de existir antes que este”. En efecto, no es posible que algo pase a ser alguien, como si el canal del parto fuese un portal mágico que otorgue dignidad personal y derechos a una cosa. “Una persona es, por lo tanto, no simplemente «algo», sino «alguien»”, insiste el pensador alemán: “alguien nunca es algo”. No puede haber cosas que se transformen en personas, pues vemos que existe un proceso de continuidad desde el instante mismo de la concepción: se trata de un desarrollo sin solución de continuidad. La persona no es una cualidad adquirida por un sujeto después de un cambio, sino que es el sujeto mismo que cambia durante su desarrollo vital. “La personeidad no es el resultado de un desarrollo, sino, antes bien, la estructura de un único tipo de desarrollo”.
Las consecuencias jurídicas que se sigan de este reconocimiento no son totalmente previsibles, pero no puede ser indiferente reconocer con claridad que desde la concepción todo ser humano es persona. Porque, como dice Hervada, “todo derecho se funda, en último extremo, en la condición de persona”. La persona es el centro del ordenamiento jurídico, y el reconocimiento de su dignidad se encuentra en la base del derecho y la justicia (como reconocen tanto el artículo 1 aprobado como la enmienda rechazada). De ahí no se sigue una derogación ipso iure del aborto en tres causales, pero al menos implica necesariamente repensar y reinterpretar muchas cosas, porque nunca es legítimo matar de modo deliberado y directo a un quién que es inocente.
Roberto Astaburuaga: “Por un voto”
Lo obvio por sabido se calla y por callado se olvida. Con estas palabras, el consejero Luis Alejandro Silva abrió la discusión en el Pleno del Consejo Constitucional la discusión y votación del capítulo I del proyecto de Constitución. Y es muy cierto, porque parece que se ha vuelto necesario abrir el baúl de las cosas obvias y olvidadas para ponerlas por escrito.
Pero cuatro consejeros de Chile Vamos decidieron mantener en ese baúl que “Todo ser humano es persona”. El artículo no se aprobó, no por presión de la izquierda, sino por división en la derecha. A pesar de tener 33 votos, de actuar unidos en comisiones y declaraciones, al momento de la verdad, en donde las convicciones se demuestran y los acuerdos se respetan, no fue suficiente.
El problema no está en la norma, pues sólo dice algo evidente para el sentido común. El problema es anterior y se revela en el telón de fondo que se ha instalado en estos meses: los acuerdos y la transversalización. Quienes públicamente apoyaron la decisión de los disidentes, ponen por delante de los principios ese acuerdismo que no mira el contenido de lo acordado. Así, se sacrifica la justicia propia de la norma por la excusa política del entendimiento y de los acuerdos. ¿Qué acuerdos se pueden alcanzar si no son capaces de ponerse de acuerdo en lo más básico, base de la sociedad, como lo es el reconocimiento de la personalidad al ser humano? ¿Cómo aprobar esa norma es negarse al diálogo?
Seamos honestos. ¿Realmente alguien cree que por rechazar esta norma se abrirá una oportunidad de que la izquierda revierta su decisión de votar en contra? ¿A quién engañan? ¿Acaso no fue suficiente con el resultado de la negociación de la semana pasada en la que pedían anular votaciones y condicionarlo al resto de las conversaciones sobre los demás temas? No se sumarán.
Aún si no fuese por convicciones, al menos por estrategia electoral era una mala idea que la derecha no se alineara. En un momento en el que el “En contra” se impone en todas las encuestas, la derecha no puede darse el lujo de desdeñar a parte importante de su electorado, no tanto por esta norma, sino por ver que no hay convicciones reales. Si no se puede alegar ignorancia sobre ese factor, todo conduce a que hay quienes, dentro de la derecha, no quieren que el proceso constitucional sea exitoso, y por tanto, sus llamados a los acuerdos y al entendimiento son hechos a sabiendas de que no serán respondidos, pero que les deja como “defensores de la democracia”.
Si con el rechazo de esta norma, las alabanzas llueven porque se logra un texto menos “identitario”, sería mejor que los partidos no invoquen principios que dicen defender si luego renuncian a ellos. Este zigzagueo ha sido una constante en los últimos años del que han sido incapaces, por convicción o conveniencia, de escapar. ¿Cómo puede ser identitario decir que todo ser humano es persona? ¿No es esa la identidad básica y mínima, anterior a cualquier otra?
La posibilidad de consagrar este principio básico, reconocido en tratados internacionales y evidente para cualquier chileno, se esfumó definitivamente de este proceso.
Las normas aprobadas por las comisiones del Consejo Constitucional
Barómetro Constitucional Nº6
Agosto 2023
El objeto de este barómetro es analizar las enmiendas aprobadas en las comisiones del Consejo Constitucional, para modificar el anteproyecto de la Comisión Experta. Estas enmiendas aprobadas nos dan una imagen preliminar de cómo podría llegar a ser el texto que se someterá a plebiscito en diciembre. Es importante advertir que se trata meramente de un primer paso, y no del texto definitivo que será sometido a plebiscito en diciembre, por lo que pueden existir retrocesos.
En resumen, podemos decir que las enmiendas aprobadas hasta el momento no dan una solución perfecta a muchas de las deficiencias que tenía el anteproyecto de los expertos, pero sí resulta ser una propuesta muy buena, con bastantes avances para un mejor reconocimiento de la dignidad humana y la promoción del bien común, si tomamos como punto de partida el texto de la Constitución vigente. No obstante, nada asegura que en el Pleno dichas enmiendas se conserven, ni mucho menos cuando el texto vuelva a manos de la Comisión Experta.
La mayoría de los principios y bienes esenciales para un orden político justo quedan salvaguardados en las enmiendas aprobadas, y en otras materias se elaboraron propuestas que parecen tender a prevenir contra ciertos peligros en materia de derechos humanos en el futuro, como la prohibición de sesgos en el ejercicio de la función jurisdiccional. Hay ciertas normas cuyo contenido podría parecer discutible ―como la norma que asegura libertad en la determinación de al menos la mitad del currículum en los establecimientos educacionales― u otras en las que el avance con respecto a la Constitución actual podría pensarse que es insuficiente ―como ocurre sobre todo con el derecho a la vida de quienes están por nacer―, pero sí es innegable que en muchas el avance con respecto a la Constitución actual es efectivo. Así ocurre con materias tan relevantes como infancia, familia, el rol preferente de los padres en la educación de sus hijos y el reconocimiento de que todo ser humano es persona.
Luego de esta etapa, viene la aprobación de los informes de comisión por parte del Pleno del Consejo Constitucional, luego una revisión de la Comisión Experta, que podría elaborar observaciones al proyecto y, eventualmente, el proyecto pasaría a Comisión Mixta, para dirimir el desacuerdo entre la Comisión Experta y el Consejo, aunque el Consejo tendrá la última palabra. En consecuencia, si bien los avances son positivos hasta el momento, por regla general, debe tenerse en cuenta que es posible que dichos avances sean revertidos durante el transcurso de las etapas pendientes.
Agenda legislativa: 11 al 15 de septiembre
Roberto Astaburuaga: “Expertos, consejeros y dos borradores”
El proceso constitucional avanza un paso y cierra una etapa con las votaciones en las comisiones y con ello el texto queda en gran parte definido. En septiembre se desarrollarán las discusiones y votaciones en el Pleno de lo aprobado en las comisiones, así como de las enmiendas rechazadas y que se renueven. Así, las diferencias entre el anteproyecto aprobado por los expertos y el proyecto aprobado por los consejeros serán sometidos a escrutinio.
Por supuesto, cierto sector insistirá en el innegable valor del trabajo de los expertos, únicamente por ser un texto acordado “desde el Partido Republicano hasta el Partido Comunista”, y acusará a los consejeros de derecha de querer instalar un programa de Gobierno forzando la analogía con lo ocurrido con la Convención. Nada más falso que ese intento de empate.
Si la virtud del texto de la Comisión Experta es que fue acordado por el empate político de su composición, lo mismo puede decirse del texto del Consejo Constitucional. Que lo hubieran mantenido intacto, como la izquierda propuso la semana pasada en un último intento de presionar la aceptación sin matices de sus ideas, sería negarle todo valor a la elección de los consejeros, elección que, irónicamente, la izquierda defendió a ultranza en el diseño del proceso constitucional.
¿Este segundo borrador es mejor que el de los expertos? Sin ser perfecto, queda claro que se hace cargo de ciertas omisiones y errores, pero especialmente es un texto que refleja la identidad chilena, respeta su tradición constitucional y propone avances que buscan el bien común.
Así, destaca el reforzamiento y propuesta de soluciones a problemas que son esenciales para el ciudadano de a pie. Problemas actuales, pero que se arrastran hace muchos años. Por supuesto, la Constitución no resuelve ni nunca lo hará las principales injusticias, porque la tinta seca en un papel no tiene consecuencias mágicas en la realidad. Existen elementos que pueden despertar la adhesión ciudadana, precisamente por haber sido excluidos del texto de la Convención, como lo son la inclusión de un capítulo sobre seguridad, el fortalecimiento del principio de probidad en la función pública y los ajuste al sistema político. Otras razones se encuentran en la inclusión del deber y derecho preferente de los padres de educar a sus hijos y determinar su interés superior, la protección de la vida de quien está por nacer y el apoyo a las madres con embarazos vulnerables y la protección actualizada de la libertad religiosa. Finalmente, considerando el contexto en que el Gobierno ha buscado celebrar los 50 años imponiendo su visión y la creación de la Comisión contra la Desinformación, el borrador ofrece garantías para evitar la imposición de una sola versión por parte del Estado, como se propone en el artículo sobre la libertad de expresión. Sin embargo, nada está escrito sobre piedra. Falta que el Pleno ratifique lo votado en las comisiones y las eventuales observaciones de los expertos. Aún hay camino por recorrer.
Si bien queda cada vez menos tiempo para el plebiscito, el oficialismo deberá analizar su estrategia de sabotear soterradamente el proceso en el que pusieron su firma y apostar a ingresar el texto de los expertos mediante reformas en el Congreso, lo que sería, en la práctica, un tercer proceso constitucional encubierto. Dicha estrategia involucra al Gobierno directamente y las grietas de la coalición que surgieron con la decisión de no ir unidos en un solo pacto en la elección de consejeros, pueden profundizarse si es que el Socialismo Democrático completo decide separarse de sus socios. Salvo que, sin posibilidad de comenzar un tercer proceso, vía reformas o reemplazo, y con una ciudadanía desesperada y angustiada por atender lo urgente, decidan llamar a ratificar, por segunda vez, la Constitución que tanto defenestraron y propiciar la tercera derrota electoral a su Gobierno. La situación en la que se encuentran sería tristemente irónica, si no fuera por el costo multidimensional que ha tenido para todos los chilenos.
Matrimonio religioso en Chile: ¿por qué es necesario ampliar el plazo para inscribirlo?
Una iniciativa busca facilitar el reconocimiento de los efectos civiles del matrimonio celebrado por una iglesia o institución religiosa, respetando la libertad religiosa de los contrayentes.
El matrimonio religioso en Chile es una opción que permite a los creyentes unir sus vidas ante Dios y ante la ley, siempre que cumplan con ciertos requisitos establecidos en la legislación vigente. Sin embargo, uno de estos requisitos ha sido cuestionado por ser demasiado exigente: el plazo de 8 días para inscribir el matrimonio y ratificar el consentimiento ante el Registro Civil.
Ante esta situación, un grupo de diputados de distintas bancadas presentó un proyecto de ley que busca ampliar este plazo a 45 días, con el fin de facilitar el reconocimiento de los efectos civiles del matrimonio religioso y respetar la libertad religiosa de los contrayentes.
El proyecto fue ingresado el 28 de junio de 2022, en la Cámara de Diputados, y actualmente se encuentra en la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado, en segundo trámite constitucional. Ha contado con un apoyo transversal y fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Familia y en la sala de la Cámara Baja.
La iniciativa legislativa representa un avance en materia de derechos humanos, al eliminar una barrera que dificulta el reconocimiento pleno de los efectos civiles del matrimonio religioso. Además, abre la posibilidad de discutir otras mejoras al sistema actual, como eliminar la ratificación del consentimiento, permitir la posibilidad de otorgar poder a un tercero para inscribir el matrimonio, ampliar aún más el plazo propuesto, entre otras.
Roberto Astaburuaga: “Lecciones del Rechazo: consejeros y políticos son servidores públicos”
Hoy celebramos el primer aniversario del día en que se rechazó un proyecto de Constitución que intentó refundar Chile desde todo punto de vista: antropológico, político, social, económico, institucional, etc. De ese hito podemos extraer lecciones para consejeros, en cuanto redactores del segundo borrador constitucional, y políticos, en cuanto artífices del segundo proceso constitucional.
Cabe destacar la diferencia, en forma y fondo, entre convencionales y consejeros. El espectáculo vs. la sobriedad, el caos vs. el orden, la refundación vs. la tradición. Y así podríamos seguir. Pero nada está cerrado. La conducta intachable ha sido la nota de los consejeros, y no debe variar. El contenido de las indicaciones de aquellos dista de las enmiendas de estos. Del, para y por el Estado a la primacía de la persona y de la servicialidad del Estado. De un programa de gobierno radical a una actualización necesaria de lo propiamente constitucional. Del debilitamiento y erosión de un orden social justo a un fortalecimiento del mismo. Atrás quedó triunvirato identitario ecologista, feminista e indigenista y el desprecio a la autoridad y al orden público. Inaudita fue la supresión absoluta del orden familiar y moral. Pero los peligros no desaparecen y se han revestido de nuevos ropajes. El «acuerdismo» absoluto, la cómoda neutralidad y la falsa moderación son vías por las que se cuelan esas peligrosas pretensiones ya rechazadas. Las enmiendas, originales o nuevas, deben ser, ante todo, justas, es decir, que la persona sea el principio, sujeto y fin de toda norma e institución. Y que estas enmiendas, respondan y sean una solución, en la medida y lugar que les corresponda, a las injusticias que sufren los chilenos.
Por otro lado, ganamos el 4 para perder el 5. El 17, se gane o se pierda, se cierra. El camino constitucional fue la salida que la clase política le dio al 18-O, pero cada vez se revela con mayor claridad lo errado del diagnóstico, independiente de la integración política de cualquiera de los tres órganos redactores. La distracción en tiempo, recursos públicos y capital humano sólo se agrava con la insistencia por el segundo proceso. Porque luego del 4-S aparecieron otras opciones, algunas que ni siquiera incluían la vía constitucional, sea por vía de reforma o reemplazo, sino en priorizar el trabajo legislativo en los proyectos más relevantes de los temas más urgentes y en aumentar la fiscalización sobre el ejercicio de las competencias de las autoridades públicas en todos sus niveles. Lo anterior se refleja en la ausencia de leyes relevantes y el expansionismo legislativo de proyectos nimios, inútiles e identitarios, en la masificación del Estado y la ineficacia del gasto público, en la cobardía al no aplicar el uso legítimo de la fuerza y el control del orden público.
Y la raíz u origen de esto se refleja, en políticos, autoridades de todo tipo y ciudadanos de a pie, en la falta de respeto a la naturaleza y dignidad humana, expresada principalmente en el resguardo de la vida de todo ser humano, en la defensa de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, en la protección de los deberes y derechos entre padres e hijos y en la presencia de Dios en el espacio público. Los políticos deben cumplir con su tarea principal: buscar el bien común y servir a las personas. Todo político es, siempre, un servidor público. Y eso implica que los políticos, especialmente de la derecha, deben resistirse a las tesis de comunistas, decés y centristas de, en caso de un segundo rechazo, continuar intentando reemplazar la Constitución sea por la vía directa del reemplazo o por la vía encubierta de las reformas, o, en caso de un Apruebo, sujetarlo a otro acuerdo político de “Apruebo para reformar”.
Lo que Chile necesita es un acuerdo de servidores públicos para el bien común.