¿Qué decir de las enmiendas de los consejeros?
Barómetro Constitucional Nº5
Julio 2023
El objeto de este barómetro es analizar las enmiendas presentadas por los consejeros constitucionales al anteproyecto de Constitución. En resumen, podemos decir que el anteproyecto de la Comisión Experta es un proyecto mucho más razonable que la propuesta rechazada el 4 de septiembre de 2022, pero no suficientemente bueno, e incluso podemos decir que es negativo en bastantes aspectos. Respecto de esos puntos, en general las enmiendas de las tres bancadas de la derecha subsanan algunas deficiencias del anteproyecto. Podemos decir que en general se trata de un buen trabajo ―aunque no sea perfecto― y que existen propósitos comunes entre las tres bancadas acerca de lo que debe ser modificado, al menos en materias de los bienes esenciales para un orden político y jurídico justo.
Las enmiendas incluyen, entre otros elementos, cierto estatuto de protección de la vida del que está por nacer, un reconocimiento de la libertad de enseñanza y, en el caso de una enmienda del Partido Republicano, del rol activo y prioritario de los padres en la determinación del interés superior del niño. Subsisten, sin embargo, algunas incoherencias en este último tema, al igual que en ciertos aspectos de la libertad religiosa y del derecho preferente y el deber de los padres a educar a sus hijos, sobre el cual continúa la confusión o ambigüedad sobre el reconocimiento expreso de su exclusiva titularidad. En otros temas, es rescatable la protección jurídica de los templos religiosos ―como parte del derecho a la libertad religiosa― como respuesta a la permanente quema de iglesias de los últimos cuatro años. También son positivas las enmiendas que tratan el derecho internacional de los derechos humanos, en relación con la supremacía constitucional, la soberanía chilena y la prioridad de la lectura textual de los tratados, en desmedro de instrumentos no vinculantes que suelen usarse contra la auténtica dignidad humana.
Las enmiendas de la izquierda, por su parte, manifiestan una insistencia en establecer constitucionalmente unos supuestos “derechos sexuales y reproductivos”.
Quedará pendiente la discusión y votación de estas enmiendas, así como la elaboración de las enmiendas de unidad de propósito (EUP) y el tratamiento que se dará a las iniciativas populares de norma (que eran el objeto principal del barómetro del mes pasado).
Roberto Astaburuaga: “Una Constitución para la familia”
Con las enmiendas de los consejeros sobre la mesa, la regulación constitucional chilena sobre la familia, célula social básica, comienza a dar tímidos pasos en robustecer la protección y fortalecimiento que le corresponde.
La Constitución vigente le ordena al Estado darle protección y propender a su fortalecimiento. El anteproyecto lo mantiene en los mismos términos, pero los consejeros de la derecha, en un primer y novedoso gesto de defender una bandera del sector, concretizan este fortalecimiento en diversas enmiendas. Algunas de estas enmiendas se refieren a la familia como institución, mientras que otras regulan aspectos de sus integrantes, pero buscando el bien familiar.
En primer lugar, algunas enmiendas buscan aliviar la carga económica de las familias a través de una vía económica que comprende la eliminación del impuesto territorial a la vivienda que sirva como residencia principal a la familia y el mandato a la ley de establecer beneficios o exenciones tributarias en favor de ella. Otra forma de fortalecer a la familia es promover la conciliación de la vida persona, familiar y laboral, cuando las extensas jornadas de trabajo y el largo tiempo de traslado impiden que exista un momento en que la familia pueda sentarse al final del día. No se trata de soluciones inmediatas, pero sí de criterios y principios que permitan avanzar en leyes y programas que apunten a que ese momento familiar se vuelva real.
En segundo lugar, la labor educativa de los padres recibe un respaldo. Eso sí, en la enmienda presentada por todos los partidos de derecha al artículo sobre el derecho a la educación se persiste en el error de no reconocer explícitamente a los padres como titulares del derecho a la educación y no a las familias, por mucho que se intente matizar con la expresión “a través”. A pesar de lo anterior, se propone que los proyectos educativos deben estar al servicio del deber y derecho preferente de los padres, y en el artículo sobre libertad religiosa una enmienda propone que los padres ya no solo puedan elegir el tipo de educación religiosa si no que también a educarlos.
En tercer lugar, hay dos cuestiones que se relacionan a un nivel de relación padres e hijos. Un elemento esencial que contribuye a la unidad familiar se encuentra en las enmiendas que proponen radicar en los padres la determinación y garantía del interés superior de los hijos, pues nadie más que ellos los conoce tanto como para saber qué es lo mejor para su bien integral.
Otra mejora se encuentra en aquellas enmiendas que proponen, por primera vez a nivel constitucional, regular de forma conjunta la situación de la vida del niño que está por nacer y la protección de la madre, durante el embarazo y después del parto. Lo novedoso es que la regulación se presenta en clave de armonía familiar y no de conflicto de derechos, como lo han instalado la izquierda progresista y la derecha liberal. No se trata de proteger a uno y no al otro, si no de proteger a ambos. El bien del hijo no nacido comprende el bien de la madre y viceversa. Así, se instala un principio constitucional que permita al Legislador hacerse cargo de la triste realidad de las madres con embarazos vulnerables.
Hay elementos que no quedaron y que hubiese sido interesante incluir, como la protección del matrimonio y el fomento de la natalidad, con cláusulas como que las “familias numerosas tienen derecho a la asistencia social compensatoria” (art. 119 de la Constitución de Weimar de 1919), considerando la gravísima crisis demográfica en la que nos encontramos: la tasa de hijos nacidos vivos en 2020 fue de 1,54.
Esperamos que las enmiendas se defiendan y se aprueben. Chile necesita una Constitución que proteja y fortalezca a la familia, que busque la armonía y el bien familiar, que reconozca correctamente las relaciones entre padres e hijos nacidos y no nacidos. Para poder decir que es verdad que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad.
Roberto Astaburuaga
Abogado de Comunidad y Justicia
Nuevo proceso Constituyente: claves, oportunidades y diferencias
En una entrevista realizada por las Comunicaciones de los Salesianos, nuestro abogado Vicente Hargous habla sobre el proceso constituyente y algunos aspectos clave para la Doctrina Social de la Iglesia, como la libertad religiosa, la educación religiosa, la protección de la vida y el interés superior de los niños.
¿Consideras que la propuesta constitucional de la Comisión Experta, que será discutida en el Consejo Constitucional, pueda generar alguna diferencia en el resultado final?
“Sí, por supuesto. El anteproyecto es el texto base a partir del cual se va a generar esta discusión al interior del Consejo Constitucional, por lo tanto, no se comienza con una hoja en blanco. Además, es una manera de concretar normativamente las bases del acuerdo entre los partidos. Sin embargo, las fuerzas políticas que componían la Comisión Experta eran en igualdad entre izquierda y derecha y, por lo tanto, fue una instancia donde se cedió bastante, sobre todo en muchos aspectos esenciales desde el punto de vista de los bienes jurídicos fundamentales de la Doctrina Social de la Iglesia”.
En relación a la libertad religiosa, ¿qué cambios o mejoras sugeriría para diferenciar entre creencias y religión, y reconocer la autonomía de las confesiones religiosas?
“Consideramos que la propuesta del anteproyecto contiene bastantes mejoras con respecto al estándar actual de la protección de la libertad religiosa. Si bien la Constitución del 80 sí establece un estándar, en los ranking de violaciones a la libertad religiosa Chile ha empeorado bastante durante los últimos años.
Vimos, en tiempos del estallido social, bastantes quemas de iglesias y ataques a miembros de organizaciones religiosas. Durante la pandemia, la restricción del derecho a la libertad religiosa en lo presencial. En ese sentido, creemos que si se tiene que proteger y mejorar”.
¿Qué opinión tienes sobre la conveniencia de abordar la dimensión educativa de la libertad religiosa, considerando los tratados internacionales de derechos humanos que protegen este derecho?
“La dimensión educativa de la libertad religiosa está protegida por los tratados internacionales de derechos humanos. La Convención Americana sobre Derechos Humanos, por ejemplo, establece a propósito de la libertad religiosa, el derecho preferente de los padres o los tutores, en su caso, de educar a su hijo en conformidad con sus propias convicciones morales y religiosas. Una fórmula muy semejante está en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos. Sí creemos que es conveniente hablar específicamente de educación religiosa y, a propósito de la libertad religiosa, creemos que es bueno asegurar autonomía respecto del régimen jurídico de las confesiones religiosas”.
En relación al tema de la vida. ¿Por qué consideras que es importante incluir una protección especial para el no nacido y la maternidad en la nueva Constitución?
“Personalmente, y como Comunidad y Justicia, creemos que el aborto es un atentado gravísimo contra los derechos humanos. Me parece que es el genocidio de nuestro tiempo, que se esté matando niños que están por nacer sin reconocerles su dignidad. Si partimos de la premisa de que esto es una injusticia, gravísima y manifiesta, no podemos permanecer indiferentes frente a la existencia hoy en Chile de una ley de aborto en tres causales, que si bien es excep-cional, de todas maneras provoca directamente la muerte de niños antes de nacer”.
¿Considera que la Constitución debería ser clara contra el aborto?
“No sabemos qué es lo que pueda pasar, pero creemos que lo ideal sería establecer un estándar de protección muy alto de los niños que están por nacer y, precisamente, la Constitución puede establecer con claridad una fórmula que haga inconstitucionales las leyes de aborto. Es necesario afirmar y reconocer expresamente que los niños que están por nacer no son cosas, sino personas”.
¿Considera que la norma que reconoce y asegura el interés superior de los niños, niñas y adolescentes genera conflicto entre hijos y padres?
“Sí. Los niños entendidos como personas autónomas pueden ejercer de manera plena sus derechos, con libertad y autonomía. Eso significa que a los padres, por ejemplo, se les prohiba guiar a los hijos respecto del uso de nuevas tecnologías o en ciertas clases de educación sexual, donde ellos no quieran que asista, pero el niño si. Al final se socava la autoridad paterna. Todo niño tiene derecho a un papá y mamá. Esos padres tienen un rol educador respecto del hijo. Ese rol no se opone al bien superior, sino que se ordena precisamente al bien superior del niño. Por eso el derecho preferente de los padres de educar no es solo un derecho, sino que también un deber”.
En relación a la educación, ¿cree que es importante mencionar explícitamente a los padres en los artículos sobre derecho a la educación y libertad de enseñanza?
“Lo ideal sería reconocer el derecho de los padres en su rol educador. No solamente a propósito de la libertad de enseñanza, como está en el anteproyecto, es decir, no solo a elegir la educación, sino que a educar. Por lo tanto, incluir eso en el derecho a la educación: elegir el establecimiento educacional y educar a su hijo según sus propias convicciones”.
Esta nueva Constitución se someterá a plebiscito y será la participación ciudadana la que determinará, al igual que en el proceso anterior, si se rechaza o aprueba, el día 17 de diciembre.
Álvaro Paúl: “Tratados y nueva Constitución”
Señor Director:
Jorge Contesse afirma que en “prácticamente todas las democracias constitucionales del mundo, los tratados sobre derechos humanos, una vez incorporados al derecho interno, gozan de jerarquía constitucional”. Llama la atención que se haga dicha afirmación tan livianamente, pues lo más probable es que la realidad sea la opuesta. En efecto, solo unas pocas constituciones se refieren expresamente al rango de los tratados de derechos humanos. Algunas que lo hacen, distinguen según el tratado específico de que se trate; otras los usan solo para interpretar la Constitución (que no es lo mismo que darles rango constitucional), y otras dicen expresamente que, en caso de antinomia con la Constitución, prevalecerá esta última. Además, algunas distinguen entre tratados autoejecutables y tratados no autoejecutables.
En todo caso, darles a los tratados de derechos humanos rango constitucional no es conveniente y genera varios problemas. Uno de ellos es potenciar la incerteza jurídica, pues la gran amplitud y escasa definición de algunos DD.HH. se prestan para el gobierno de los jueces. Para dar un solo ejemplo: los tratados de DD.HH. garantizan tanto el derecho a participar como candidato en elecciones populares como la democracia. Para conciliar ambos derechos —evitando caudillos antidemocráticos—, las constituciones suelen limitar la reelección presidencial. Pues bien, el Tribunal Constitucional boliviano, pasando por encima de la voluntad popular manifestada en la Constitución, definió que Evo Morales podía presentarse a reelección indefinidamente, con las negativas consecuencias que conocemos. Ese no es un caso aislado.
Hay varios ejemplos de tribunales que soslayan el texto constitucional, so pretexto de aplicar tratados de DD.HH. que, en su mayoría, son silentes sobre los temas definidos por los tribunales.
Álvaro Paúl Díaz
Profesor de Derecho Internacional y DD.HH.
Derecho UC
Vicepresidente del Directorio de Comunidad y Justicia
Siempre por la Vida y Comunidad y Justicia presentan la IPN Toda Vida Cuenta ante el Consejo Constitucional
Este miércoles, la presidente Siempre por la Vida Constanza Schneider y nuestro Director Ejecutivo Álvaro Ferrer, presentaron ante la Comisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos del Consejo Constitucional la Iniciativa Popular de Norma Toda Vida Cuenta (IPN), que busca consagrar el derecho a la vida y proteger especialmente a los niños no nacidos y a las madres de Chile en la propuesta de nueva Constitución.
La Iniciativa Toda Vida Cuenta fue presentada por Siempre por la Vida y Comunidad y Justicia y contó con el apoyo de 15.659 personas que defienden el derecho a la vida de los niños no nacidos a lo largo de todo el país. Su contenido propone modificar el Artículo Nº 16.01, del Capítulo II del anteproyecto, añadiendo que la Constitución respeta irrestrictamente el derecho a la vida de los niños no nacidos, y que el Estado y toda la sociedad tienen el deber de asistir y proteger a la madre durante todo el embarazo.
Durante su exposición, nuestro Director Ejecutivo argumentó que la redacción del anteproyecto es insuficiente para garantizar el respeto a la dignidad humana de todos los individuos de la especie humana, especialmente de los más vulnerables e indefensos. Explicó que la dignidad humana es intrínseca, inconmensurable e inviolable, y que no puede ser negada, disminuida o condicionada por ningún criterio temporal o cualitativo.
“Proteger la vida humana inocente, proscribiendo aquellos actos que de manera deliberada y directa intentan provocar su muerte, es el piso mínimo. Si no existe esta protección, el orden jurídico no es más que un castillo en el aire”.
Álvaro Ferrer
Asimismo, señaló que nuestra norma establece un criterio claro para evitar la arbitrariedad: desde que principia su existencia y hasta su muerte natural, siendo personas todos los individuos de la especie humana.
Por último, hizo un llamado a ver que la redacción del texto constitucional tiene efectos concretos sobre personas reales. Citó las estadísticas oficiales del Ministerio de Salud que indican que desde el 23 de septiembre de 2017 se han producido 4.202 abortos en Chile bajo las tres causales legales. Esto implica 78,8 abortos directos al mes o 2,6 abortos directos al día.
“Esto es un drama. Esto es un crimen. Este es el peor genocidio que existe en la historia de la humanidad. Y hoy Chile tiene realmente la oportunidad de dar un ejemplo, como lo hizo el 24 de julio de 1823, cuando abolió la esclavitud, siendo el primer país en hacerlo en América y el segundo en el mundo. Podemos dar un ejemplo. Hay niños que salvar, hay madres que socorrer. Esperamos sinceramente que nuestra propuesta de norma colabore a corregir, ojalá más temprano que tarde, la injusticia más grave que padece nuestra patria”, concluyó.
Álvaro Ferrer expone sobre el derecho preferente de los padres en el Consejo Constitucional
El Director Ejecutivo de nuestra corporación, Álvaro Ferrer del Valle, expuso el 18 de julio ante la Comisión de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Ambientales del Consejo Constitucional, la iniciativa popular de norma número 1115, que busca proteger de forma robusta el deber y derecho preferente de los padres de educar a sus hijos y la libertad de enseñanza en la propuesta de nueva Constitución.
La iniciativa recibió el respaldo de 19.941 ciudadanos y fue impulsada por Comunidad y Justicia y otras organizaciones de la sociedad civil comprometidas con esta bandera: Con Mis Hijos No Te Metas, La Coordinadora, la Asociación Nacional de Padres y Apoderados FIDE (ANAPAF), Educación Libre y Diversa, Juntos por Chile, la Confederación de Padres y Apoderados de colegios particulares subvencionados de Chile (CONFEPA) y CREA UAndes. Les agradecemos a todos ellos por su participación y difusión de la propuesta.
En su exposición Alvaro Ferrer argumentó que la educación es un deber natural e inexcusable de los padres, que se deriva de su responsabilidad de conducir y promover a sus hijos hacia la mayor plenitud humana posible. Asimismo, afirmó que los padres tienen el derecho a impartir órdenes, mandatos y consejos conforme a los cuales sus hijos van progresando en una vida buena.
“Nadie conoce mejor ni ama más a sus hijos que sus padres; nadie, en efecto, quiere tanto la felicidad de sus hijos como sus padres; nadie, en consecuencia, puede ni está en mejor posición o condición para educar a los hijos que sus padres; nadie, en definitiva, puede primar sobre los padres en el cumplimiento del deber y ejercicio del derecho a conducir y promover a los hijos hacia su mayor perfección”
Álvaro Ferrer
También, explicó por qué debe ser corregido el anteproyecto de la Comisión Experta en su artículo 16, numerales 22 y 23, pues este no respeta el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, sino que lo subordina al Estado y a los establecimientos educacionales. Además, sitúa la prelación del derecho por sobre el deber a educar y reduce el hecho educativo y la libertad de enseñanza a su mera provisión y elección.
Concluyó diciendo: “nuestra propuesta de norma quiere colaborar a corregir el anteproyecto del Comité de Expertos mediante el reconocimiento preciso y fortalecido, tanto del deber y derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, como de la libertad de enseñanza para así, Dios mediante, ofrecer a Chile la mejor constitución posible y prudente. Esperamos que nuestra propuesta de norma pueda contribuir a ese fin”.
Roberto Astaburuaga: “La decisión de la izquierda ante las enmiendas de la derecha”
Hoy vence el plazo para que los consejeros presenten sus enmiendas al anteproyecto elaborado por los expertos. El trabajo silencioso de los sectores, salvo declaraciones casuales a los medios, ha impedido conocer con detalle en qué dirección apuntarán las indicaciones.
De aquí en adelante, las posibilidades de modificar el texto, como un embudo, sólo comienzan a reducirse. Los acuerdos entre los partidos respecto a los temas más importantes tendrán que reflejarse en las enmiendas de unidad de propósitos antes de comenzar las votaciones en las comisiones. En el Pleno, sólo se podrán renovar las enmiendas rechazadas en la comisión. Ya en la última etapa, el espectro de materias que puedan revisarse se reducirá aún más, pues las observaciones de los expertos implican volver a la lógica de negociación propia de esa etapa, aunque la última palabra la tendrán los consejeros.
Con las enmiendas no sólo se ponen las cartas sobre la mesa, sino que las miradas se volcaran a las encuestas al término de esta semana. En ellas, más de uno espera descubrir el resultado del segundo plebiscito de salida. Dependerá de su contenido comprensible e inequívoco que se inviertan las tendencias para aprobar o rechazar.
La izquierda, por primera vez, podrá comparar las enmiendas de la derecha y la Constitución de 1980… y tendrá que elegir. Herederos del fracaso histórico de la Convención y víctimas de su despilfarro, podrán refugiarse en las enmiendas testimoniales, discursos incendiarios o amenazas de bajarse del proceso. ¿Toda la izquierda? Probablemente no. La caída libre del Gobierno provocada por comunistas y frenteamplistas le dará una oportunidad a los socialistas de diferenciarse… y tienen buenas razones para hacerlo. La más obvia es que no pueden apoyar una Constitución que han llamado a eliminar por más de 40 años. Los comunistas son capaces de permitirse una voltereta monumental si es que consideran que el segundo borrador es un retroceso para sus objetivos a largo plazo. Por otro lado, hay cuentas pendientes: con los comunistas, por la salida de Patricio Fernández y con frenteamplistas, por arrastrarlos en el Caso Convenios.
Sin embargo, no es una cuestión fácil. La firma del Partido Comunista, Convergencia Social y Revolución Democrática los obliga a cumplir su palabra. ¿Podrá llamar a rechazar el partido del Presidente de Chile? Si no lo hacen, ¿los comunistas podrán tener un pie en la calle llamando a rechazar y provocando desórdenes, y otro en el Segundo Piso compartiendo techo con los apruebistas y controlando la seguridad pública? Paradójico, si es que no peligroso. ¿Y el Presidente y sus ministros lograrán mantener la imparcialidad o tendremos nuevos episodios de intervencionismo electoral? A lo mejor guarda silencio y ni siquiera se molestan en llamar a votar -como ocurrió en las elecciones de consejeros-, ya que hay voto obligatorio.
La pregunta es ¿cómo la izquierda logrará su objetivo de tener una nueva Constitución, cuando no hay ninguna garantía de que alguna de sus demandas se incluya? ¿Cómo se opondrán a lo que presente la derecha y al mismo tiempo cumplir su palabra? ¿Hasta dónde podrán tensionar el proceso sin provocar que fracase? El último paso antes del plebiscito es que los consejeros, en una sesión especial, voten la totalidad del texto en una única votación… ¿Cómo votarán? Quizás Apruebo Dignidad deba cambiarse su nombre y dejarlo sólo en Dignidad… aunque no les queda mucha.
Con la presentación de las enmiendas, comenzarán a aparecer las respuestas a estas preguntas.
Gustavo Baehr expone ante Comisión de Educación sobre agenda de educación sexual del Mineduc
Este lunes, nuestro abogado del Área legislativa Gustavo Baehr expuso ante la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados el marco normativo vigente sobre la educación sexual y cómo el Mineduc está promoviendo un determinado modelo de educación sexual que excluye a los padres y vulnera su derecho preferente a educar a sus hijos.
La Comisión de Educación había citado al Ministro Ávila para que explicara la agenda de educación sexual impulsada por su Cartera en los diversos establecimientos educacionales del país y exhibiera el material didáctico y los útiles escolares entregados a los alumnos, en razón a dicha política pública. Sin embargo, el Ministro no asistió a la sesión.
Durante su exposición, Gustavo Baehr mostró que la Ley 20.418, establece que la educación sexual es obligatoria en la enseñanza media y debe estar en línea con los principios y valores de cada establecimiento educacional, en conjunto con los centros de padres y apoderados.
Además, mencionó algunos de los hitos ocurridos recientemente, como las Jornadas Nacionales hacia una “Educación No sexista”. impulsadas por el Ministerio de Educación, que buscaban promover la transformación de las “prácticas sexistas” en las comunidades educativas.
También, se refirió a la distribución de cuadernos por parte de JUNAEB y expresó: “aquí sin duda alguna hay una afectación a la libertad religiosa y de conciencia (…) y por qué no también podemos mencionar una posible discriminación arbitraria”, en relación a que quienes recibieron estos cuadernos e indicó que estos no tenían muchas opciones disponibles, pues eran alumnos de colegios públicos.
Al finalizar la exposición, la diputada Emilia Schneider planteó diversas preguntas a nuestro abogado, enfocadas en las acciones de los colegios ante problemáticas como los abusos sexuales infantiles y el embarazo adolescente. La diputada cuestionó: “¿Qué hacen las escuelas ante este tipo de situaciones? ¿Qué hacen las escuelas con el embarazo adolescente asumiendo que las estrategias actuales no han dado resultados?”.
En respuesta a la diputada Schneider, Gustavo Baehr explicó que: “es evidente que hay que poner a los padres en la educación sexual que se le entrega a sus hijos hasta ahora y como intenté dar cuenta, no se les ha incluido. De hecho, no se les ha consultado ni siquiera se ha pedido su consentimiento”. También destacó la importancia de que la educación sexual aborde integralmente las diferentes dimensiones de la sexualidad, no limitándose únicamente al enfoque del placer.
>> Puedes leer la presentación ante la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados aquí.
¿Qué decir de las iniciativas populares de norma (IPN)?
Barómetro Constitucional Nº4
Junio 2023
El objetivo del barómetro Nº4 es evaluar las iniciativas populares de norma (IPN) que se presentaron durante este proceso constitucional 2023, teniendo especialmente en consideración las que alcanzaron las 10.000 firmas. Dichas IPN se entregarán al Consejo Constitucional, el cual deberá “resolverlas” de alguna manera, junto con debatir las enmiendas que los propios consejeros constitucionales presenten al texto del Anteproyecto de la Comisión Experta.
En resumen, podemos decir que las IPN de este proceso en general son mucho más razonables que las que se promovieron durante el proceso anterior (culminado en la propuesta rechazada el 4 de septiembre de 2022). Sin embargo, hay bastantes signos negativos que deben ser tenidos en consideración.
Entre las IPN más apoyadas ―siendo una de las primeras en superar las 10.000 firmas― se encuentra la que establece un estatuto de protección constitucional de los animales, y la que lideró los números desde un comienzo fue una que protege los fondos previsionales. Esto revela algo de las prioridades de la ciudadanía que no deja de ser preocupante. Por cierto, no es negativo proteger a los animales ni los ahorros previsionales, pero evidentemente hay un problema si se apoya primeramente eso cuando están en juego las vidas de los niños que están por nacer ―cuyas muertes reciben el amparo de la la ley de aborto en tres causales―, o cuando vemos en riesgo nuestros derechos a la libertad religiosa, los derechos de la familia y su reconocimiento, o el derecho preferente y el deber de los padres a educar a sus hijos. Esto ciertamente revela un problema.
Por otro lado, la IPN de “derechos sexuales y reproductivos” el último día del plazo alcanzó las 10.000 firmas. Esta propuesta incorpora estos derechos como derecho fundamental para toda persona (sin distinción de edad), incluyendo el derecho a la identidad de género y a diversas prestaciones de salud. Dicha expresión se utiliza además para incluir el aborto como un derecho.
Otras iniciativas son muy positivas, aunque quizás podría cuestionarse su pertinencia constitucional (como las relacionadas con policías, legítima defensa, o corrupción). Pero tal vez lo más importante de estas IPN es que llegaron a las 10.000 firmas iniciativas sobre derecho a la vida, sobre el rol preferente de los padres para educar a sus hijos, sobre libertad religiosa y sobre elementos importantes de nuestra tradición chilena. Se aprecia un tono más centrado que en el proceso anterior, a pesar de ciertas iniciativas (pocas) de claro contenido ideológico.
Vicente Hargous expone por Acusación Constitucional en contra del Ministro de Educación
El pasado 6 de julio, nuestro abogado del Área de investigación, Vicente Hargous, expuso un análisis jurídico ante la Comisión Revisora de la Acusación Constitucional en contra del Ministro de Educación Marco Antonio Ávila, quien fue acusado por incumplir la Constitución y las leyes al impulsar un programa de educación sexual que vulnera los derechos de los establecimientos educacionales y de las familias.
Durante su exposición, Vicente Hargous presentó detalladamente el marco normativo vigente en nuestro país en materia de educación sexual, destacando la Ley 20.418 de 2010, que establece los lineamientos para la inclusión de programas de educación sexual en los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado. Asimismo, se hizo mención a la Ley 21.430, que garantiza la protección integral de los derechos de la niñez y establece la obligación del Estado de velar por una educación sexual y afectiva integral, respetando la diversidad étnica, cultural y religiosa de los estudiantes.
Nuestro abogado, también señaló diversos hechos ocurridos recientemente, como las Jornadas Nacionales hacia una “Educación No Sexista” promovidas por el Ministerio de Educación, así como la distribución de cuadernos por parte de JUNAEB que contenían información relacionada con educación no sexista y conceptos como el acrónimo “LGBTQIA+”. Estos hechos, podrían configurar una infracción a la libertad religiosa y de conciencia, así como a la prohibición de discriminación arbitraria.
“En Chile se está intentando implementar un modelo ideológico y determinado de educación sexual, que dice ser neutro, pero que no considera las convicciones de cada familia”
Vicente Hargous
Vicente Hargous concluyó su exposición destacando que la implementación de un modelo ideológico determinado de educación sexual, sin considerar las convicciones y derechos de las personas, constituye una infracción a la Constitución y las leyes o una omisión en su ejecución.