Cada mes informaremos si la Convención Constitucional respeta el Estado de Derecho, y daremos cuenta de los riesgos en que se encuentran el derecho a la vida, la familia, los derechos sobre educación y la libertad de culto.
Derecho de Vida
En contra:
- Si bien la iniciativa popular para proteger la vida alcanzó 31.000 firmas, la del aborto la superó con bastante ventaja (superó las 38.000 firmas). Dicha propuesta incluye el aborto libre sin objeción de conciencia personal ni institucional.
- Se ha visto un fuerte respaldo al interior de la Convención para las propuestas sobre los llamados “derechos sexuales y reproductivos” (hay varias). Muchas convencionales proaborto usan pañuelo verde y han hecho cánticos proaborto. Durante las exposiciones del miércoles 26 de enero en la Comisión de Derechos Fundamentales sobre aborto y derechos sexuales y reproductivos muchos convencionales con pañuelos verdes cantaron, aplaudieron y mostraron la inflexibilidad de su postura.
- Se presentó una propuesta sobre “derecho a una muerte digna” (eutanasia), sin ningún tipo de límites.
- En la Comisión de Derechos Fundamentales, al discutir quienes son titulares de derechos fundamentales, hubo acuerdo en que la naturaleza y los animales podían ser titulares, pero se evitó discutir si el no nacido es o no titular de derechos fundamentales.
A favor:
- La vida fue defendida tanto mediante iniciativas populares como convencionales, con exposiciones en la Comisión de Derechos Fundamentales y en la de Principios Constitucionales. La Iniciativa Popular Constitucional N° 4138, que Comunidad y Justicia presentó junto con Siempre por la Vida, sumó más de 31.000 firmas. Vicente Hargous, abogado de nuestra Corporación fue a exponer en su defensa en la Comisión de Derechos Fundamentales.
- Se sumó a las iniciativas populares una de pueblos originarios, titulada “el pueblo mapuche defiende la vida”.
Conclusión:
Es altamente probable que el aborto sea aprobado como un derecho en la Comisión, en términos muy parecidos y luego en el pleno.
Familia
En contra:
- Se rechazaron en general tres iniciativas que consignaban que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, lo que sin duda podrá traer en el futuro bastantes consecuencias para dicha institución, dejando el protagonismo social a los individuos aislados y al Estado.
- La iniciativa “reconocimiento de comunidades y diversas formas de familia” alcanzó las 15.000 firmas, quórum requerido para ser discutida. La propuesta busca, como el título sugiere, dar cabida a “las diversas manifestaciones y formas de familia que lo integran”, poniendo énfasis en grupos “LGBTIAQ+ o ma-padres disidentes o diverses”.
- La iniciativa popular de norma sobre familia e infancia no alcanzó las 15.000 firmas (hasta ahora, lleva cerca de 3.500), por lo que no podrá discutirse en la Convención.
- En la Comisión de Sistemas de Justicia se aprobó la creación de tribunales especiales de género “tribunales feministas”, y otras normas: “se establece el derecho a una vida libre de violencia contra las mujeres, niñas y disidencias sexogenéricas. Concretamente, esta norma tiene como objetivo prevenir, sancionar, reparar y erradicar todo tipo de agresión por razón de género, ‘‘sea cometida por particulares, el Estado, sus agentes o integrantes’’”[1]. Si bien hay situaciones graves y delitos contra las mujeres o los niños, no se justifica crear para sujetos diferentes un tribunal diferente, no sólo porque se usan como plataforma ideológica, sino además porque atenta contra la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos.
A favor:
- La convencional Ruth Hurtado expuso ante la Comisión de Principios Constitucionales en defensa de la iniciativa convencional de norma sobre familia y niñez. Si bien no es representativo de una mayoría, manifiesta que hay convencionales que tienen la valentía de defender la familia.
Conclusión:
Habiendo sido rechazadas varias propuestas en comisión y teniendo en cuenta la sensibilidad presente en la Convención, es seguro que la fórmula “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad” no esté en la propuesta constitucional; por el contrario, lo más probable es que se aprueben varias normas contrarias a la familia natural.
Educación
En contra:
- Se sigue posponiendo el debate sobre educación en la Comisión de Derechos Fundamentales. El panorama hace prever que la discusión sobre libertad de enseñanza, derecho de los padres a educar a sus hijos y otros temas relacionados serán abordados de forma escueta y poco seria.
- La propuesta popular sobre aborto, titulada “Será Ley”, logró gran cantidad de firmas. En ella se vulnera el derecho de los padres a educar a sus hijos, pues se considera la existencia de una educación sexual “integral” obligatoria en todo el sistema educacional.
A favor:
- Dos iniciativas populares que defienden el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos y la libertad de enseñanza superaron con creces las 15.000 firmas.
Conclusión:
Todo parece apuntar a que la libertad de enseñanza será respetada en su mínima expresión, pero que de facto habrá vulneraciones hacia algunas de sus concreciones, especialmente en materias como afectividad y sexualidad. Por otro lado, el derecho de los padres de educar a sus hijos probablemente no sea reconocido.
Libertad de religión:
En contra:
- La propuesta popular sobre aborto, titulada “Será Ley”, logró gran cantidad de firmas. Con su aprobación se ve amenazada la libertad de conciencia y la libertad religiosa, pues elimina la objeción de conciencia personal e institucional respecto del aborto e impone la existencia de una educación sexual “integral” en todo el sistema educacional.
- En la Comisión de Derechos Fundamentales ha habido una álgida discusión para excluir la objeción de conciencia personal e institucional respecto del aborto.
- En la Comisión de Principios se aprobó una norma que señala que el Estado deberá velar “por la más estricta neutralidad de lo público frente a las iglesias, las religiones monoteístas y politeístas y demás expresiones de la espiritualidad o eticidad”. Esto denota no tanto la tolerancia entre distintos credos, sino un desinterés del Estado frente a la religión, que se mostraría indiferente frente a la práctica religiosa de las personas, en vez de promoverla. Reducir la religión en el ámbito público a su mínima expresión no es una forma de libertad religiosa, sino un atentado contra ella.
- La convencional Elsa Labraña señaló que Dios viola los derechos humanos, burlándose y denostando a los creyentes [2].
A favor:
- Se aprobaron, en la Comisión de Principios, 4 normas que contienen en su articulado el reconocimiento de la libertad religiosa como derecho.
- Se han aprobado al menos dos iniciativas populares de norma que defienden adecuadamente la libertad religiosa.
Conclusión:
Si bien es seguro que se reconocerá la libertad religiosa como un derecho fundamental, lo más probable es que se establezcan ciertas medidas atentatorias contra ese derecho, sobre todo respecto del aborto y la educación. Además, es probable que mediante la fórmula de “Estado laico” se promuevan políticas laicistas.
Estado de Derecho:
En contra:
- La Comisión de Derechos Fundamentales no ha respetado su cronograma, perjudicando así el estudio serio de cada propuesta.
- No ha habido debate profundo sobre casi ninguno de los temas de fondo, más allá de las consignas.
- La Mesa nueva de la Convención es profundamente ideológica, por lo que, junto con afectar debates sobre aborto y familia,ya que la Presidenta y la vicepresidenta adjunta Bárbara Sepúlveda están a favor del aborto libre, y el vicepresidente Gaspar Domínguez junto con el vicepresidente Tomás Laibe son activistas LGTB. .
- El rechazo de un Congreso bicameral por una amplia mayoría hace pensar que en el pleno es posible que se apruebe una asamblea legislativa unicameral. Si bien hasta cierto punto se trata de una materia discutible, este hecho atenta contra un aspecto esencial de nuestra tradición constitucional y de nuestra idiosincrasia política, probablemente fomente la inestabilidad política y beneficie a los sectores progresistas.
- Contra lo establecido en tratados internacionales ―que obligan a la Convención―, se rechazó una propuesta acerca del derecho de propiedad. Es posible que se vean afectados algunos derechos adquiridos sin indemnización alguna.
- La creación de un consejo de medios que se ha propuesto constituye una forma de censura atentatoria contra la libertad de emitir opinión e informar, reconocida en múltiples tratados internacionales. De esta manera se pretende controlar los medios de comunicación, para conformarlos con las ideologías hegemónicas.
- La afectación de la inamovilidad de los jueces y, con ella, la independencia del poder judicial puede llevarnos a una afectación directa contra muchos derechos procesales de las personas, varios de los cuales se encuentran reconocidos en tratados internacionales. Además, se trata de un atentado gravísimo contra nuestra tradición constitucional y constituye una imprudencia tremenda.
- Si bien la plurinacionalidad puede llegar a ser discutible, establecer jurisdicción separada para los pueblos originarios dentro de un mismo Estado constituye un atentado contra la igualdad ante la ley, derecho reconocido en múltiples tratados internacionales.
A favor:
- Los principios de legalidad y supremacía constitucional fueron aprobados en la Comisión de Principios.
Conclusión:
El Estado de Derecho y nuestra tradición constitucional han sido fuertemente vulnerados en la Convención. Entre otras cosas muy llamativas, podrían verse afectadas la inamovilidad de los jueces (y en consecuencia, la independencia del Poder Judicial), la unidad de Chile (por ejemplo, dando una jurisdicción separada a los pueblos originarios) y nuestra tradición de tener un Congreso Bicameral, que en nuestra cultura ha funcionado adecuadamente hasta hoy.
Notas:
[1] https://www.elmostrador.cl/braga/2022/01/25/comision-de-sistemas-de-justicia-de-la-cc-aprueba-tres-normas-que-incluyen-la-prevencion-de-la-violencia-de-genero-y-la-integracion-de-justicia-feminista/
[2] https://twitter.com/ElsaLabrana/status/1488357411274379267