Gustavo Baehr: “Ley Zamudio 2.0: una pronta realidad”

En 2022, advertimos que había un “eco legislativo” de la igualdad sustantiva. Entre dicho momento, y ahora, ha pasado mucho material debajo del puente (ojalá pudiera decir que sólo pasó agua, pero no fue así). Antes de la votación general, la alerta fue colocada. El tiempo de la noción clásica de igualdad ante la ley estaba por terminar, debido a la instalación de la igualdad sustantiva, en su norma madre, la “ley Zamudio”. Lo anterior, mediante un cambio legislativo.

El primer síntoma de que este proyecto no mejoraría (salvo excepciones muy contadas) fue su aprobación general en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, con los votos de la izquierda, más un diputado de Chile Vamos (Ñanco, Palma, Fríes, Pizarro, Rosas y Guzmán). Terminado lo anterior, la Comisión aprobó muchísimas cosas negativas, con vueltas de carnero, reconocimientos de errores, entre otras polémicas.  

Por ejemplo, la Comisión aprobó una nueva noción de discriminación arbitraria, en virtud de la cual una simple preferencia puede ser considerada como discriminación y, por tanto, demandable y sancionable bajo el imperio de la nueva ley. Llama la atención que esta norma contó con el apoyo de la mayoría de la Comisión. Entre ella, la diputada Fríes, quien -en sesión del 19 de octubre de 2022- reconoció la impertinencia de sancionar las preferencias bajo el concepto de discriminación. Pero da igual, en política está permitido el arrepentimiento.   

Otra cosa absolutamente llamativa. La Comisión, perpetuando la vinculación de la ley antidiscriminación con las minorías sexuales (lo cual no debería corresponder a una ley que debería tener vocación general), aprobó una norma que consideraba como discriminación arbitraria ciertos actos recaídos sobre la orientación sexual y la identidad de género. Además de estar profundamente equivocada en su fondo, la mayoría que aprobó esta norma lo hizo a sabiendas de que no tenía relación directa con la idea matriz (cuestión que incluso fue reconocida con posterioridad, por diputados que votaron a favor de la norma, en sesión del 11 de octubre de 2023).

En lo procesal, las cosas no tendieron a mejorar. Con la reforma, se aprobó una norma que amplía la legitimación activa de la acción a cualquier persona en favor de alguien cuyos representantes legales se nieguen a demandar. O sea, una persona natural o incluso jurídica (como el Movilh), puede demandar a terceros (o incluso a los mismos padres), cuando los representantes legales de un niño no quieran ejercer la acción. Lo anterior constituye una intromisión indebida en las decisiones propias del cuidado personal y la patria potestad.

Para qué hablar de la ampliación de la legitimación activa a organizaciones (muchas de las cuales han sido protagonistas del feroz lobby que ha impulsado la reforma). El proyecto permite que ellas puedan demandar en favor de un conjunto de personas (el cual puede que ni siquiera esté determinado en su número). ¿Ejemplos? El Ejecutivo dio uno, que grafica muy bien uno de los propósitos del proyecto: la posibilidad de perseguir opiniones. Así, señaló que el proyecto puede permitir, a un grupo de personas, accionar en contra de un artista que emite su parecer, cuando aquellas se sientan aludidas.

También es justo mencionar que la Comisión eliminó la multa al demandante temerario, cuestión que resulta ser necesaria para que esta ley y su acción no se conviertan en un mecanismo de “funa”.

Y para aquellos que les preocupa la economía, un dato: la Comisión aprobó una norma que impide contratar con la Administración del Estado, dentro de cierto plazo, a aquellos que sean condenados por discriminación. Esto, además de rozar con lo inconstitucional, es preocupante, pues en muchos lugares la Administración no cuenta con muchas opciones, por lo que si -en una determinada localidad- el o los dos posibles contratantes existentes están condenados por discriminación, la necesidad pública concreta no será satisfecha.

En fin, gracias a las gestiones del Ejecutivo en la mencionada Comisión (cuyo informe será votado en la sala de la Cámara baja), el lobby de numerosas organizaciones y, lo que más preocupa, la complicidad de aquellos que no hicieron todo lo que estaba a su alcance para la mejora del proyecto (salvo admirables excepciones de los diputados Araya, Concha, Kaiser, Muñoz, Ossandón, Schubert, entre otros), la “ley Zamudio 2.0” puede convertirse en una realidad, en breve tiempo, afectando un sinnúmero de ámbitos de la vida nacional. La familia, la economía, entre otros, no serán inmunes a ella.

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Gustavo Baehr: “Ley Zamudio 2.0: una pronta realidad”

Un comentario en «Gustavo Baehr: “Ley Zamudio 2.0: una pronta realidad”»

  1. Parece increible que diputados o seandores de chile vamos siepre hay uno o mas que apoyan a la ultra izaquierda y pasan desapercibidos y quizas sus votantes ignoran que estan votando por la izquierda cuando llega la epoca de elecciones, por eso este pais carece de educacion politica solo se mueve por la ignorancia y su miserable modo de actuar en politica

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