Señor Director:
Durante la discusión de la reforma a la «ley antidiscriminación», un representante del Ejecutivo planteó que el proyecto puede permitir a un grupo de personas accionar en contra de un artista que emite una opinión «agresiva», cuando aquellas se sientan aludidas.
Lo anterior, ejemplifica uno de los propósitos de la reforma (por lo demás, impulsada por el Gobierno con suma urgencia), consistente en eliminar las barreras que evitan el mal uso de la ley. Con la iniciativa no sólo se pueden perseguir las distinciones, exclusiones o restricciones constitutivas de discriminación, sino que también las meras «preferencias» (lo cual es una injusta intromisión en el fuero interno de las personas). Adicionalmente, se elimina la sanción al que demanda temerariamente, es decir, a aquel que utiliza sin fundamento la «ley antidiscriminación» (causando, además, un daño reputacional en la persona demandada).
Si al Ejecutivo le apremia el pronto despacho del proyecto, sería interesante que evalúe un método para apoyar a los artistas que, reforma mediante, serán demandados injustamente bajo el imperio de la «ley Zamudio», esta vez, en su versión «2.0».
Gustavo Baehr
Comunidad y Justicia