Esta semana en la columna Constituyente del diario El Líbero, uno de nuestros abogados del Área Constitucional, recuerda las trampas e irregularidades en el proceso Constitucional.
Estas semanas las palabras “normas” y “reglas del juego” han estado en boca de muchos para referirse al trabajo de la Convención, pero también porque se denuncian trampas o irregularidades en el proceso.
La máxima autoridad de la Convención señaló el lunes que no le parecía adecuada la discusión de los últimos meses sobre la posibilidad de permitir una tercera vía si es que la opción Apruebo era derrotada en el plebiscito de salida. Manifestó que se trataría de cambiar “las reglas del juego”. Curiosa afirmación tratándose de una las firmantes de un oficio presentado antes del inicio de las votaciones en el Pleno que buscaba reducir su quórum de aprobación de 2/3, y votó a favor. Los 2/3, norma clave del proceso, y única garantía que ha permitido, si se le puede llamar así, evitar que peores atrocidades que las actuales ingresen al borrador de Constitución.
Esto no quiere decir que sea correcto alterar las reglas del juego si es que la aprobación de una “tercera vía” significa incumplir la Constitución. Pero pone en la mesa el valor que tienen las reglas y que el respeto a las mismas es garantía de orden y legalidad, cuestión que la Convención ha demostrado con abundantes ejemplos que no cumple. Las normas aplican para todos, gobernantes y gobernados, ciudadanos y convencionales, sea que beneficien o perjudiquen a un determinado sector. Pero la Convención actúa según sus reglas y como ella entiende las reglas del juego.
De hecho, las reglas internas de la Convención tampoco son respetadas por los mismos convencionales. Últimamente se ha denunciado que ciertas propuestas de artículos que no han alcanzado los 2/3, entendiéndose rechazadas y excluidas del debate constitucional, han sido revividas mediante la presentación de indicaciones en las comisiones cuando conocen de otras materias. Así, la posibilidad de que el Congreso de Diputados pueda insistir ante la Cámara de las Regiones cuando se rechaza un proyecto de ley fue rechazado por el Pleno, pero se aprobó una indicación en la Comisión de Sistemas de Justicia que mantenía la esencia de lo aprobado. Lo mismo ocurrió con Educación Sexual Integral: el Pleno rechazó el inciso segundo del artículo, pero luego se aprobó una indicación en la Comisión de Pueblos Originarios con variaciones mínimas y que no tenía relación con las materias de la Comisión. La trampa se repitió con el derecho a la propiedad intelectual, el derecho a la propiedad industrial o las normas sobre migración.
Ante estas acusaciones, el convencional del Frente Amplio, Christian Viera, dio una insólita explicación: la norma es un enunciado normativo y para interpretarla “existe un pluralismo metodológico, y en mi caso bebo de una perspectiva de sociedad abierta de la interpretación”. Lo anterior quiere decir que una norma adquiere su valor de norma en la medida en que sea interpretada, y como el Pleno interpretó que no hubo infracción al Reglamento, entonces no existe mayor problema. De hecho, reforzó su argumento señalando que el Pleno se ha pronunciado en otras ocasiones rechazando o aprobando ideas que se reviven.
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