Esta semana en la columna Constituyente del diario El Líbero, uno de nuestros abogados del Área Constitucional explica los peligros de la Comisión de Normas Transitorias que tiene por objeto regular la vigencia o derogación de las normas constitucionales e infraconstitucionales por el eventual cambio de la Constitución.
La semana pasada, el pleno de la Convención Constitucional aprobó la creación de dos nuevas comisiones que no estaban contempladas en sus reglamentos. Una de ellas es la Comisión de Normas Transitorias que tiene por objeto regular la vigencia o derogación de las normas constitucionales e infraconstitucionales (leyes, reglamentos, decretos, etc.) por el eventual cambio de la Constitución. Es decir, regulan el tránsito de una Constitución (y del ordenamiento jurídico inferior) a otra. Esta nueva comisión aparece como la última sucesora de la arena política de la Convención.
¿Qué nos puede preocupar? Básicamente, que ocurra lo mismo de lo que hemos sido testigos. Es decir, que todo lo que no se tiene que aprobar obtenga 2/3 y sea finalmente aprobado. Nos encontraremos con un (nuevo) catálogo interminable de normas transitoria, que regulan todos los temas aprobados, con el mismo nivel de especificidad y adjetivación (e incomprensión) de las normas ya aprobadas, con mandatos al Legislador imposibles de cumplir por la brevedad de sus plazos, lo irresponsable en sus gastos, la preponderancia de lo ideológico sobre lo urgente y lo restrictivo de su implementación.
No sería sorprendente que la mitad del documento de la Convención sea un programa de gobierno disfrazado de normas transitorias. El mismo ministro de la Segpres y el Presidente Boric han señalado que no pueden ejecutar su programa bajo la Constitución vigente. La pregunta que queda en el aire es ¿qué tipo de programa de gobierno tienen, si sólo se puede concretar con la Constitución de la Convención, “sea cual sea su contenido”?
La redacción y aprobación de estas normas podrían ser un balde de agua fría para las transformaciones sociales que pretenden impulsar, ya que, por fin, podría contarse con la opinión de expertos que señalen los costos de la implementación de lo aprobado. Por esto, gran parte del texto serían simples declaraciones rimbombantes y letra muerta: necesidades y deseos consagrados hay muchos, pero recursos, pocos.
Pero volviendo a lo anterior, a pesar de las palabras del vicepresidente Gaspar Domínguez sobre su convicción respecto a la duración de los mandatos de las autoridades electas, ¿podemos confiar en él? Difícil hacerlo, atendido el bajo nivel de aprobación y el aumento de la desconfianza que sistemáticamente han mostrado las encuestas.
Son muchas las materias que pueden afectar el desenvolvimiento de personas e instituciones bajo el nuevo régimen constitucional. Sobre libertad de enseñanza, ¿qué ocurrirá con el financiamiento estatal a los establecimientos educacionales subvencionados? ¿Se aprobará una norma transitoria que regule un traspaso responsable, en caso de que se mantenga el artículo sobre educación tal cual está? Respecto al aborto, ¿se derogarán los delitos de aborto del Código Penal? ¿Se eliminarán las normas del Código Sanitario que regulan la objeción de conciencia institucional, e incluso, personal? En relación a libertades económicas, ¿qué ocurrirá con las concesiones mineras? ¿Cómo se compatibiliza su vigencia con las nuevas normas sobre derechos de la naturaleza? ¿Y el derecho de los animales a una vida libre de maltrato con las industrias ganadera y salmonera? Muchas preguntas y tememos las respuestas.
No se trata de una campaña del terror, como algunos podrían decir, pues existen antecedentes que permiten presumir la forma en que las normas transitorias podrían regular determinadas materias. Por ejemplo, en el caso de la objeción de conciencia, todas las iniciativas e indicaciones que proponían su consagración se rechazaron en las comisiones y en el Pleno, por lo que es probable que estas disposiciones transitorias no permitan la vigencia de la objeción de conciencia institucional. Lo mismo puede decirse de otros temas que han sido sistemáticamente rechazados por la Convención y son conocidos por la opinión pública
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