Author : Comunidad y Justicia

Gustavo Baehr: “Ley Zamudio 2.0: una pronta realidad”

En 2022, advertimos que había un “eco legislativo” de la igualdad sustantiva. Entre dicho momento, y ahora, ha pasado mucho material debajo del puente (ojalá pudiera decir que sólo pasó agua, pero no fue así). Antes de la votación general, la alerta fue colocada. El tiempo de la noción clásica de igualdad ante la ley estaba por terminar, debido a la instalación de la igualdad sustantiva, en su norma madre, la “ley Zamudio”. Lo anterior, mediante un cambio legislativo.

El primer síntoma de que este proyecto no mejoraría (salvo excepciones muy contadas) fue su aprobación general en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, con los votos de la izquierda, más un diputado de Chile Vamos (Ñanco, Palma, Fríes, Pizarro, Rosas y Guzmán). Terminado lo anterior, la Comisión aprobó muchísimas cosas negativas, con vueltas de carnero, reconocimientos de errores, entre otras polémicas.  

Por ejemplo, la Comisión aprobó una nueva noción de discriminación arbitraria, en virtud de la cual una simple preferencia puede ser considerada como discriminación y, por tanto, demandable y sancionable bajo el imperio de la nueva ley. Llama la atención que esta norma contó con el apoyo de la mayoría de la Comisión. Entre ella, la diputada Fríes, quien -en sesión del 19 de octubre de 2022- reconoció la impertinencia de sancionar las preferencias bajo el concepto de discriminación. Pero da igual, en política está permitido el arrepentimiento.   

Otra cosa absolutamente llamativa. La Comisión, perpetuando la vinculación de la ley antidiscriminación con las minorías sexuales (lo cual no debería corresponder a una ley que debería tener vocación general), aprobó una norma que consideraba como discriminación arbitraria ciertos actos recaídos sobre la orientación sexual y la identidad de género. Además de estar profundamente equivocada en su fondo, la mayoría que aprobó esta norma lo hizo a sabiendas de que no tenía relación directa con la idea matriz (cuestión que incluso fue reconocida con posterioridad, por diputados que votaron a favor de la norma, en sesión del 11 de octubre de 2023).

En lo procesal, las cosas no tendieron a mejorar. Con la reforma, se aprobó una norma que amplía la legitimación activa de la acción a cualquier persona en favor de alguien cuyos representantes legales se nieguen a demandar. O sea, una persona natural o incluso jurídica (como el Movilh), puede demandar a terceros (o incluso a los mismos padres), cuando los representantes legales de un niño no quieran ejercer la acción. Lo anterior constituye una intromisión indebida en las decisiones propias del cuidado personal y la patria potestad.

Para qué hablar de la ampliación de la legitimación activa a organizaciones (muchas de las cuales han sido protagonistas del feroz lobby que ha impulsado la reforma). El proyecto permite que ellas puedan demandar en favor de un conjunto de personas (el cual puede que ni siquiera esté determinado en su número). ¿Ejemplos? El Ejecutivo dio uno, que grafica muy bien uno de los propósitos del proyecto: la posibilidad de perseguir opiniones. Así, señaló que el proyecto puede permitir, a un grupo de personas, accionar en contra de un artista que emite su parecer, cuando aquellas se sientan aludidas.

También es justo mencionar que la Comisión eliminó la multa al demandante temerario, cuestión que resulta ser necesaria para que esta ley y su acción no se conviertan en un mecanismo de “funa”.

Y para aquellos que les preocupa la economía, un dato: la Comisión aprobó una norma que impide contratar con la Administración del Estado, dentro de cierto plazo, a aquellos que sean condenados por discriminación. Esto, además de rozar con lo inconstitucional, es preocupante, pues en muchos lugares la Administración no cuenta con muchas opciones, por lo que si -en una determinada localidad- el o los dos posibles contratantes existentes están condenados por discriminación, la necesidad pública concreta no será satisfecha.

En fin, gracias a las gestiones del Ejecutivo en la mencionada Comisión (cuyo informe será votado en la sala de la Cámara baja), el lobby de numerosas organizaciones y, lo que más preocupa, la complicidad de aquellos que no hicieron todo lo que estaba a su alcance para la mejora del proyecto (salvo admirables excepciones de los diputados Araya, Concha, Kaiser, Muñoz, Ossandón, Schubert, entre otros), la “ley Zamudio 2.0” puede convertirse en una realidad, en breve tiempo, afectando un sinnúmero de ámbitos de la vida nacional. La familia, la economía, entre otros, no serán inmunes a ella.

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Javier Mena en Radio María: “los padres tienen el derecho de decidir sobre la salud de sus hijos”

Nuestro abogado Javier Mena estuvo este martes en el programa Contigo en Casa de Radio María, donde comentó el caso de unos padres que enfrentaban acusaciones de negligencia y agresividad por parte de un centro de salud público, en relación con el manejo de la identidad de género de su hija adolescente. El primer Juzgado de Familia de San Miguel resolvió a favor de la familia, reconociendo que los padres son los principales responsables de la salud de su hija.

El CESFAM El Roble presentó un requerimiento ante el Tribunal de Familia acusando a los padres de la niña de negarse a aceptar su nueva identidad de género y sospechas de un ambiente doméstico violento. La decisión del tribunal, que favoreció a los padres, subraya la importancia de su papel en la toma de decisiones sobre la salud y el bienestar de sus hijos.

“Logramos que se rechazara la petición del centro de salud y ahora la niña está siendo tratada por una psicóloga de confianza de los padres, mostrando una mejoría completa”.

Javier Mena

En la entrevista, nuestro abogado destacó la importancia de una atención terapéutica adecuada antes de considerar la judicialización de estos casos. Según él, la problemática va más allá de la ley, adentrándose en aspectos culturales y educativos. Hizo hincapié en la necesidad de combatir las ideologías dominantes que influencian la percepción y el tratamiento de la identidad de género en menores.

Además, señaló que en Comunidad y Justicia manejamos varios casos similares, incluso en otras regiones, reflejando una tendencia creciente en estas situaciones legales. Para finalizar, Mena ofreció información sobre cómo las familias pueden contactar a Comunidad y Justicia para obtener asesoría legal en situaciones similares, destacando la disponibilidad de nuestro equipo para brindar apoyo en estos casos complejos y sensibles.

“Estos casos están surgiendo con más fuerza y estamos recibiendo mayor atención en Comunidad y Justicia”.

Javier Mena

Comenzamos con el Programa de Pasantías de enero 2024

Este lunes iniciamos las pasantías de Verano 2024, un programa que ofrece a las pasantes la oportunidad de aprender y contribuir en un área de Comunidad y Justicia. Durante tres semanas, las pasantes trabajarán junto a nuestro equipo y compartirán con ellos, apoyándonos con tareas específicas que se les encargaron.

Además, han comenzado a recibir formación en Derechos Humanos, Derecho Natural y Doctrina Social de la Iglesia.

Las participantes de este ciclo son: Teresita Croquevielle Rendic, estudiante de quinto año en la Universidad Católica; Narallan Paulett Espinoza Núñez, de la Universidad Finis Terrae, quinto año; y Verónica Casanova Bonilla, de la Universidad de los Andes, quinto año.

Las pasantes junto al Equipo Ejecutivo, en el inicio de las Pasantías de verano 2024.

Le deseamos a Teresita, Narallan y Verónica una enriquecedora experiencia en sus pasantías de verano. ¡Bienvenidas!

Agenda legislativa: 22 al 26 de enero

CÁMARA DE DIPUTADOS

22 de enero
17:30 a 20:00 horas
23 de enero
10:15 a 13:00 horas
24 de enero
10:15 a 19:00 horas

Proyecto de ley que modifica y fortalece la ley N° 20.609 (“Ley Zamudio”), que establece medidas contra la discriminación.

La Comisión de Derechos Humanos continuará con la discusión y votación en particular de este proyecto de ley. Boletín N° 12.748-17.

Debido a que el Ejecutivo hizo presente discusión inmediata, la Comisión sesionará esta semana hasta el total despacho del proyecto. Pese a ello, nuestro equipo continúa trabajando para intentar mejorar la iniciativa.

SENADO

22 de enero
13:00 a 14:30 horas

Proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Las comisiones unidas de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de la Mujer y Equidad de Género continuarán con la discusión particular de esta iniciativa. Boletín Nº 11.077-07.

Aunque el proyecto – como sugiere su título – protegería a la mujer, pretende crear la idea de que la mujer pertenece a una “clase oprimida”, la cual debe liberarse de una “clase opresora” conformada por el hombre.

 

Agenda legislativa: 29 de enero al 2 de febrero

Cámara de Diputados

Esta semana no se tramitarán proyectos de ley de nuestro interés.

SENADO

29 de enero
10:30 a 12:30 horas y
14:00 a 16:00 horas.

Proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Las comisiones unidas de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de la Mujer y Equidad de Género continuarán con la discusión particular de esta iniciativa. Boletín Nº 11.077-07.

Aunque el proyecto – como sugiere su título – protegería a la mujer, pretende crear la idea de que la mujer pertenece a una “clase oprimida”, la cual debe liberarse de una “clase opresora” conformada por el hombre.

 

Agenda legislativa: 15 al 19 de enero

CÁMARA DE DIPUTADOS

17 de enero

10:10 a 11:30 horas, y 15:00 a 17:00 horas.

Proyecto de ley que modifica y fortalece la ley N° 20.609 (“Ley Zamudio”), que establece medidas contra la discriminación.

La Comisión de Derechos Humanos continuará con la discusión y votación en particular de este proyecto de ley. Boletín N° 12.748-17.

Recientemente, la Comisión aprobó una norma sobre los distintos tipos de discriminación, lo cual es impreciso y podría provocar resultados injustos e irracionales. En la siguiente sesión, la Comisión debería discutir y votar las normas correspondientes a la acción de no discriminación arbitraria.

SENADO

16 de enero

11:15 a 12:30

Proyecto de ley sobre reforma integral al sistema de adopción en Chile.

La Comisión de Familia, Infancia y Adolescencia continuará con la discusión en particular del proyecto. Para este punto, ha sido invitado el Defensor de la Niñez, Anuar Quesille. Boletín 9119-18.

El proyecto se encontraba inactivo desde hace más de un año. Lamentablemente, con su reactivación, se abre la puerta al avance de la denominada “adopción homoparental” y a cuestionar el principio de subsidiariedad en materia de adopción.

 

Roberto Astaburuaga: “Hacia una nueva cuestión social: el endeudamiento familiar”

El primer centenario de Chile dejaba tras sí a una inmensa de mayoría de chilenos sumidos en pésimas condiciones de vida y laborales. Durante el siglo XX, la situación fue mejorando paulatinamente. Pero la irrupción de un capitalismo feroz deja al bicentenario chileno con familias, si bien en mejores condiciones materiales de vida, sometidas a un nivel de endeudamiento que puede ser una de las causas de la cuestión social 2.0.

Las distorsiones del sistema económico y financiero y la facilidad en el préstamo pueden reventar en un círculo de endeudamiento del que parece imposible de salir, aun cuando exista una voluntad real de pagar. Como advertía el profesor Julio Alvear en 2012, “una cosa es incentivar la expansión de crédito y otra el encarecimiento de la deuda. El axioma ‘deudores más pobres con créditos más caros’ ha llegado a ser en Chile una dura realidad para muchos hogares que viven de su empleo y sus avatares”. Lo cierto es que muchos hogares son esclavos de una deuda que sólo se expande y no se reduce.

De acuerdo con la Encuesta Financiera de Hogares 2021 del Banco Central, el 57,4% de las familias tiene algún tipo de deuda, y la mediana de ellos destina un 21% de sus ingresos mensuales al pago de deudas que representan 3,5 veces dicho ingreso. Si bien los números han experimentado una disminución en comparación con 2017, la tendencia a la baja se explica más por las ayudas socio económicas que se entregaron durante la pandemia y los retiros de AFP, que por una mejora real.

En este sentido, el 49% de los hogares endeudados tiene deudas no hipotecarias, con una mediana de 2 millones de pesos. Por otro lado, de acuerdo con el Informe de Endeudamiento 2022 de la Comisión para el Mercado Financiero, la deuda mediana de consumo es de $1,3 millones, y un 97% de los deudores en la muestra presenta algún tipo de deuda de consumo: 45,6% mantiene deuda en tarjetas de crédito bancarias, 9,4% en emisores de tarjetas no bancarias y 67,2% en tarjetas de sociedades de apoyo al giro bancario. En términos de montos, la deuda de consumo representa un 26,6% del total de la deuda de los hogares, siendo los productos de mayor incidencia los créditos en cuotas (15,1%), tarjetas de sociedades de apoyo al giro bancario (5,2%) y tarjetas de créditos bancarias (5,1%).

Las deudas de consumo se mantienen gracias a los altos intereses, los que, por si solos, pueden llegar a duplicar el monto de la deuda original. Un mecanismo que provoca esto es el anatocismo: la capitalización de intereses sobre el monto insoluto de la deuda de capital, monto total sobre el cual se cobran nuevos intereses. Esto supone un deudor moroso que repacta su crédito. Si a esto se le suma las cláusulas de aceleración, el interés por riesgo o las comisiones injustificadas, la burbuja terminará por explotar.

Esta situación ha sido advertida y se ha reflejado en distintos proyectos de ley que no han conocido la luz y duermen en los escritorios del Congreso, como los presentados por la senadora Rincón en 2019 o el diputado Calisto en 2021, archivado el primero y pendiente en tramitación el segundo. La necesidad de regular, prohibir y limitar determinados abusos del sistema financiero, sin poner en peligro la seguridad jurídica ni generar incentivos perversos para aprovecharse, como ha ocurrido con la Ley de Fraudes, es manifiesto para la tranquilidad económica y mental de las familias endeudadas. No se trata de un “perdonazo”, sino de ayudarlas a pagar, pero lo que corresponde: ni más, ni menos.

Hace 100 años, la realidad chilena era diferente a la actual y enfrentaba sus propios problemas, y muchas familias sufrieron por no atenderse su indigna situación a tiempo. Hoy, con más datos y recursos, se puede comenzar a atajar solo una de las injustas causas del malestar que vive cada familia chilena. En último término, se trata del respeto a la dignidad humana, pues, como sostenía San Juan Pablo II en la Carta Encíclica Centesimus Annus (1991), “(…) la libertad económica es solamente un elemento de la libertad humana. Cuando aquella se vuelve autónoma, es decir, cuando el hombre es considerado más como un productor o un consumidor de bienes que como un sujeto que produce y consume para vivir, entonces pierde su necesaria relación con la persona humana y termina por alienarla y oprimirla”.

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Roberto Astaburuaga: “Las feministas van por los objetores de conciencia”

Para el feminismo, pareciera que los últimos años han sido del todo o nada. Envalentonadas con la ley de aborto en tres causales en 2017, apostaron a doblar la apuesta y tantear un proyecto de ley de plazos de aborto en 2021, pero les fue mal. Paralelamente en la Convención, apostaron por consagrar el aborto libre como un derecho fundamental y restringir, si es que no eliminar, la objeción de conciencia personal e institucional. Pero a los chilenos no les gustó y les mandaron un portazo. Mismo portazo, no tan estruendoso, que recibió la propuesta del Consejo, y aunque las feministas intentan atribuírselo a que las tres causales son intocables, el sector de la derecha que votó por el En Contra impide esa interpretación.

Creen que el partido está “empatado”: ni más ni menos que las tres causales. Constatando que estuvo en riesgo ese “avance histórico y civilizatorio”, la lucha no puede continuar sin consolidar lo ganado. No pueden avanzar con el aborto sea por la vía de causales o por la de plazos. Así lo ha reconocido la ministra Orellana, aunque el programa de Gobierno diga otra cosa y deba soportar el látigo de las compañeras boquiabiertas por el gobierno más feminista, pero absolutamente inútil en cuanto a lograr legalizar el aumento de asesinatos de niños no nacidos. Importante recordar eso: el aborto es la destrucción, vía desmembramiento con tenazas u otros métodos, de un niño inocente e indefenso, cuyo único pecado es existir.

Como la agenda no puede desaparecer (“que la derecha ultrafascista nos quita derechos, que los conservadores negacionistas, etc.”), sedientas, buscan una nueva víctima. Y la encontraron, aunque estaba bajo el radar desde la discusión legislativa y la sentencia del TC: objetores. ¿Qué es eso de objetar la decisión una mujer? ¿Cómo han osado a subordinar la voluntad de la mujer a la obediencia de la conciencia? ¡Malditos obstructores! Aunque quizás deberían ocupar el lenguaje inclusivo y decir ¡Malditas obstructoras!

Un estudio de 2021 de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile señala que el 63,8% de los objetores son mujeres: entre los profesionales médicos, el 38% de los gineco-obstetras y el 43% de los anestesistas objetores, son mujeres, pero el 88% de los profesionales no médicos y el 95% de los técnicos de enfermería que son objetores son mujeres. Un dato del que no hay noticias es el sexo de los niños no nacidos que son abortados, pero es necesario saber si las feministas han impulsado una cuestión realmente paradójica: el femicidio fetal.

La objeción de conciencia es la última garantía de que una persona pueda vivir coherentemente respetando sus convicciones. Pero al feminismo esto le importa poco y nada. Dicen que están de acuerdo con la objeción de conciencia, pero que es “demasiado amplia”, “que se presta para abusos” y “que impide que la ley sea eficaz”. Así, la doctrina se ha encargado de ir cerrando el cerco sobre los objetores, proponiendo nuevas trabas y dificultando su ejercicio, sea aumentando los requisitos para ser declarado objetor, reducir la cantidad de profesiones que pueden declararla, eliminar la objeción de conciencia del sistema público de salud, prohibición de la objeción de conciencia institucional, etc. A lo anterior se suman las iniciativas que buscan “educar” a los profesionales de salud en la aplicación de la ley. Al final, es la intolerancia contra quienes no piensan como ellas y actúan de forma coherente.

El feminismo abortista consolida su rojo camino con la coerción del espacio más sagrado de la persona: su conciencia.

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Agenda legislativa: 8 al 11 de enero

CÁMARA DE DIPUTADOS

10 de enero

10:10 a 11:30 horas, y 15:00 a 17:00 horas.

Proyecto de ley que modifica y fortalece la ley N° 20.609 (“Ley Zamudio”), que establece medidas contra la discriminación.

La Comisión de Derechos Humanos continuará con la discusión y votación en particular de este proyecto de ley. Boletín N° 12.748-17.

Recientemente, la Comisión aprobó una norma sobre los distintos tipos de discriminación, lo cual es impreciso y podría provocar resultados injustos e irracionales. En la siguiente sesión, la Comisión debería discutir y votar las normas correspondientes a la acción de no discriminación arbitraria.

10 de enero
17:00 a 19:00 horas

Proyecto de ley que proscribe, tipifica y sanciona la violencia digital en sus diversas formas y otorga protección a las víctimas de la misma.

La Comisión de Seguridad Ciudadana tratará en primer trámite constitucional y segundo reglamentario este proyecto. Boletín N°13928-07.

Entre otras cosas, el proyecto establece una definición de violencia digital, incorporando en ella conceptos como la “identidad o expresión de género”.

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