«Libertad religiosa» por Macarena Bustamante
Los invitamos a leer esta carta al director escrita por nuestra asesora judicial Macarena Bustamante y publicada el 04 de diciembre en El Líbero.
Señor Director:
Para combatir la propagación de la pandemia, el Gobernador del Estado de Nueva York impuso injustas restricciones aplicables a los cultos religiosos, las cuales, además, consideraban medidas bastante más severas que aquellas impuestas a servicios o actividades consideradas fundamentales (e incluso, a algunos servicios no catalogados como tales). Frente a ello, tanto la Diócesis de Brooklyn como una comunidad judío-ortodoxa, presentaron una demanda ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, la cual fue acogida el pasado miércoles 25 de noviembre.
Dicho fallo destaca no sólo la importancia de la libertad religiosa -y su carácter de esencial-, sino también el daño irreparable que significa el no recibir la comunión para las comunidades católicas. Asimismo, la sentencia sostiene que la medida aplicada por el Gobierno de Nueva York sería arbitraria, toda vez que no existe evidencia alguna de que las ceremonias religiosas constituyan foco de contagio, cuando se toman los debidos cuidados.
Mientras tanto, en Chile prácticamente no se ha hablado del grave daño que se le hace a la sociedad cuando se la separa de su dimensión trascedente (aquella que la hace, por cierto, más propiamente humana). Por ello, es urgente que se tomen las medidas necesarias para, primero, permitir a las personas que viven en comunas en cuarentena asistir a cultos religiosos y, segundo, para no imponer restricciones más severas a las iglesias que las aplicables a otros servicios. La celebración pública de la fe constituye un servicio esencial, no una mera actividad social.
Macarena Bustamante, asesora judicial en Corporación Comunidad y Justicia
«Agenda» por Cristóbal Aguilera
Te invitamos a leer esta carta al director publicada el 03 de diciembre en La Segunda y escrita por nuestro Director Cristóbal Aguilera.
Señor Director:
De un tiempo a esta parte se ha instalado una agenda política de la niñez de raíces individualistas que busca exaltar la autonomía de los niños oponiéndola al derecho de los padres de educar a sus hijos. El proyecto de Garantías de la Niñez, que insólitamente es impulsado por este Gobierno, es el ejemplo paradigmático. El reciente video de la Defensoría de la Niñez (“El llamado de la naturaleza”) es una muestra más.
Esta agenda no busca evitar el maltrato y abusos de los niños, ni superar las situaciones de vulnerabilidad que muchos de ellos viven. Lo que se pretende es emancipar a los niños de las “arbitrarias imposiciones” de sus padres. El mejor modo de defender los derechos de los niños es fortaleciendo la autoridad de los padres y la unidad familiar.
Cristóbal Aguilera, Director de Corporación Comunidad y Justicia
Video de Defensoría de la Niñez
El 02 de diciembre, nuestro Director Ejecutivo Álvaro Ferrer junto a Pablo Valderrama de Idea País y Claudio Alvarado del IES escribieron esta carta publicada en El Mercurio en respuesta al polémico video de Defensoría de la Niñez.
Señor Director:
El video de la Defensoría de la Niñez, divulgado el lunes en redes sociales, puede ser comprendido como un compendio de todas las banderas del progresismo; un acto de evidente instrumentalización política de muchos niños y un explícito llamado a la «revolución». Ahora bien, se trata simplemente de uno de tantos actos que exaltan una visión extremadamente individualista, cuya premisa es la soberanía individual absoluta e ilimitada . Así ocurre , entre otros, con el proyecto de ley de Garantías de la Niñez.
Lección para el futuro: pongamos de nuevo el foco en la comunidad familiar como un todo, como el entorno necesario para el pleno desarrollo de los niños, bajo la conducción y promoción de sus padres. Ante el paradigma de la emancipación es indispensable proponer una alternativa a la altura del desafío.
Álvaro Ferrer, Director Ejecutivo Corporación Comunidad y Justicia
Pablo Valderrama, Director Ejecutivo Idea País
Claudio Alvarado, Director Ejecutivo IES
«Titanic» por Vicente Hargous
Los invitamos a leer esta columna de opinión escrita por nuestro asesor legislativo Vicente Hargous publicada el 01 de diciembre en La Tercera. En ella, se cuestiona el rol del Ejecutivo en las últimas semanas ejemplificando con el proyecto de ley sobre Garantías de la Niñez y la modificación de la Ley Contra la Discriminación.
A estas alturas, no parece que se pueda hablar siquiera de buscar un poco de estabilidad o respaldo respecto del gobierno. La evidencia del desastre político está a la vista. Hay que reconocer que en sus inicios había una cierta unidad en torno a la figura del Presidente Piñera, respaldada por el capital político del 55% de las urnas, pero el carácter ficticio de esa unidad, más allá de la persona del Presidente, era algo obvio: falta de mística y épica, división en el sector de la derecha (incluyendo la variable sin resolver de la función que cumplirá el naciente Partido Republicano), ausencia total de relato político… La fragilidad salió a la luz durante la actual administración, con las sucesivas crisis que la han golpeado: en lo político y social primero, en lo sanitario y económico después. El buque ya no pasa de ser un frágil esquife… que se hunde inevitablemente.
Claramente, la administración de cosas es lo propio del gobierno, lo que explica que la crisis sanitaria y la económica estén -aparentemente- bajo control. El problema es el de las relaciones con las personas que, a fin de cuentas, es de lo que se trata la política. El Ejecutivo evidentemente busca quedar bien con todos, cosa que es imposible y que, unido a la falta de relato, pasa la cuenta. Al respecto, resultan muy llamativos los guiños a una izquierda progresista que lo odia y a una derecha liberal que ya está con él. Los ejemplos son muchos.
Resulta inexplicable que se haya vetado el proyecto de ley que crea el nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez (buque insignia del Presidente que viene a terminar con el Sename de una vez por todas), en aras de una defensa del derecho preferente y el deber de los padres de educar a sus hijos, y que a la vez ponga urgencia suma al proyecto de ley de Garantías de la Niñez. Este último, en efecto, presentado por la ex Presidenta Bachelet, ha sido altamente controversial por consagrar el derecho de los niños a una educación sexual integral laica y libre de prejuicios sexistas, el derecho de los niños de asistir a manifestaciones públicas sin permiso, una autonomía progresiva mal entendida y, sobre todo, un paradigma de familia en que los niños pasan a ser sujetos individuales autónomos y los padres potenciales opresores y violadores de sus derechos. La controversia fue tal que ningún senador de la UDI ni de RN votó a favor de la idea de legislar al respecto. En otras palabras: otro quiebre en uno de los momentos más delicados de nuestra historia reciente. ¿En qué está pensando el Ejecutivo? ¿No ve la contradicción entre el veto y esa suma urgencia?
Algo parecido ocurre con el proyecto de ley que modifica la ley contra la discriminación o “ley Zamudio”, frente al cual la actuación ha sido timorata y vacilante. Y lo mismo pasó con otros proyectos del “legado” de la ex Presidenta, como el de violencia contra la mujer y, sobre todo, con el de matrimonio homosexual (cuyo nivel de controversia no hace falta detallar). ¿Piensa acaso el Ejecutivo que le va a salir gratis en su sector prestarle ropa al lobby LGBT? No se trata solamente de un problema de fondo (que lo hay), sino que además es un error de táctica: dividir sin necesidad en el momento en que más unidad se requiere (unidad que, hasta que no cambie nuestro régimen constitucional, está encarnada en la figura de la Presidencia de la República).
Guste o no, la variable de la moral pública sigue siendo políticamente relevante y, hasta cierto punto (aunque cualquiera reconoce que su influencia es muy inferior a la que tenía hace algunos años), sigue siendo un criterio de diferenciación del espectro político. El mundo progre, aunque venda en Twitter, no siempre es el más popular (sobre todo dentro del sector que llevó al Presidente a gobernar). El Ejecutivo no tiene espaldas para maniobras díscolas, no hay agua en la piscina para piqueros como estos. Abrir más flancos, hacer más hoyos al casco de un buque que ya hace agua, solamente empeora la situación. Lo prudente, en pos de una mayor unidad, parece ser echar marcha atrás: quitarle la urgencia al proyecto de Garantías de la Niñez, desvincularse del proyecto de “Matrimonio” homosexual, oponerse con firmeza a las injusticias del proyecto de ley que modifica la “ley Zamudio”. No solo están en juego la defensa de los principios de su propio programa y de sus compromisos, no sólo está en juego el bien común (que debería ser el tema central), sino también el futuro de su propio sector de cara al debate constitucional.
«Señales de esperanza» por Roberto Astaburuaga
Les dejamos a continuación una columna de nuestro asesor judicial, Roberto Astaburuaga. El texto, publicado este sábado 28 de noviembre por el medio digital Controversia, recuerda algunos de los principales hitos en la lucha por la defensa de la vida en los últimos meses. Sin duda, son motivos para tener esperanza.
Cuando hablamos de aborto es común escuchar cosas como: “¡Pero si es algo inevitable! Hacia allá marcha el mundo”. Es que para muchas personas el avance de la llamada agenda de los derechos sexuales y reproductivos parece ser algo casi tan inexorable como el paso mismo del tiempo; como una gran marejada que se cierne irremediablemente sobre la humanidad. Y basta ver muchos medios de comunicación tradicionales para, en efecto, perder la fe en la humanidad: marchas “por el derecho a decidir”, intervenciones con pañuelos verdes, encuestas indicando que el número de partidarios del aborto libre aumenta y un largo etcétera. Sin embargo, una mirada más serena sobre estas aguas turbulentas permite ver otras cosas bajo ella. En el último tiempo han surgido políticas que tienen por objeto restringir la aplicación del aborto en distintos lugares del mundo. Y no son pocas.
En primer lugar, el jueves 22 de octubre el Tribunal Constitucional de Polonia dictó un fallo declarando que el aborto por malformación del feto es inconstitucional. Con ello los supuestos legales que lo permiten, terminaban reducidos a violación, incesto y grave riesgo para la salud de la madre o daño irreversible del feto. Según los datos del Ministerio de Sanidad, en 2019 se practicaron en Polonia apenas 1.110 abortos legales, de los cuales 1.074 (96%) se llevaron a cabo por malformación del feto.
El mismo día, 32 países, representando a más de 1.600 millones de personas, firmaron virtualmente la Declaración del Consenso de Ginebra en la que se cuestiona ciertas normas internacionales en materia de aborto. Respecto a este último, la declaración indica que no existe un “derecho al aborto” y expresaron la prioridad fundamental de proteger el derecho a la vida, el cual es inherente a la persona humana. Chile, de forma lamentable (aunque esperable) no fue uno de los países firmantes.
El 27 de octubre el Senado de Estados Unidos confirmó a Amy Coney Barret como magistrada de la Corte Suprema de Justicia, consolidando una mayoría de 6 magistrados de tendencia conservadora en el tribunal. Su nombramiento como mujer católica, casada y madre de 7 hijos, significaría abrir la posibilidad de revertir políticas abortistas que han tenido lugar a partir de la dictación del controvertido fallo Roe vs. Wade. En la misma línea, el Juez Don Willet, del Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito de Nueva Orleans, en un voto disidente en un caso que involucraba un aborto, expresó su desacuerdo con la normativa, y detalló gráficamente el procedimiento de aborto, calificándolo como un acto barbárico.
Centrémonos ahora en Latinoamérica. Tenemos en primer lugar el caso de Ecuador, cuyo Presidente, Lenin Moreno, decidió vetar el pasado 25 de septiembre el proyecto de ley sobre el nuevo Código Orgánico de Salud, aprobado en agosto por la Asamblea Nacional. Dicho proyecto tenía previsto ampliar las condiciones de acceso al aborto y la anticoncepción para menores de edad y de esta forma eliminar las restricciones relacionadas con el aborto en caso de “emergencia obstétrica”, entendida como un peligro para la salud de la madre o el bebé. Incluso, el proyecto establecía la prohibición de acudir a la objeción de conciencia por parte de los doctores. Sin embargo, con la interposición del veto será necesario esperar un año para volver a discutir el asunto.
Así también, en Guatemala, el 2 de noviembre, el Presidente Alejandro Giammattei aseguró en un tweet que no permitirá el funcionamiento de Planned Parenthood en el país, luego de que el Ministerio de Gobernación autorizara el funcionamiento de la empresa abortista y permitiera abrir una sucursal en dicho país. El Presidente ya dictó las instrucciones necesarias para que ese acuerdo gubernativo se derogue y aceptó la renuncia del Ministro de Gobernación, reconociendo el error cometido.
Por último, en Chile, el 1 de noviembre, un grupo de más de 250 doctores e internos, bajo el título de “Médicos por la Vida”, firmaron una carta exigiendo la derogación de la ley Nº 21.030, primera puerta de entrada del aborto en nuestro país. Los firmantes se oponen a leyes que socaven los derechos de los más débiles -y el niño que está por nacer entre ellos-, mientras denuncian el adormecimiento colectivo de la conciencia frente a la muerte provocada de los que aún no han nacido.
Como vemos, la aceptación del aborto como un “derecho universal” para las mujeres está lejos de constituirse como un hecho incuestionable, y que sea una posición absoluta, dominante e inamovible constituye una aspiración utópica. La defensa de la vida del que está por nacer se mantiene presente a lo largo de todo el mundo y los intentos por restringir o eliminar el aborto producen frutos. Una vez que un país ha incluido dentro de su legislación “la interrupción voluntaria del embarazo”, quienes defienden la vida del inocente e indefenso suelen abandonar la lucha y resignarse a dar por perdido cualquier intento de revertir tal “política pública de salud sexual y reproductiva”. Sin embargo, los hechos reseñados permiten percibir que el sentido natural prima e interpela a retroceder en esta (des) “planificación familiar”, tanto en América Latina como en otras regiones.
En Chile debemos sacar lecciones de esto en nuestro futuro inmediato. En la redacción de la nueva Constitución Política, existirá un enorme y profundo debate sobre este tema, buscándose, por un lado, la inclusión del “derecho al aborto libre” como parte de la agenda feminista y, por otro, la protección constitucional especial –y ya no un principio de reserva legal– del que está por nacer. Esto es algo que debemos tener en cuenta a la hora de votar este 11 de abril por los futuros constituyentes.
Pero nuestro compromiso no puede quedar ahí. Es necesario que se presenten proyectos de ley que, buscando la derogación del aborto, sean complementados con políticas públicas y programas de acompañamiento a la mujer en las etapas pre y post aborto, tanto para aconsejarla y ofrecerle alternativas reales, como para acompañarla en su sufrimiento. Aristas como la implementación de una verdadera objeción de conciencia, el reconocimiento del derecho y deber del padre de proteger a su hijo no nacido, la regulación del destino de los fetos abortados para evitar su comercialización o investigación, y tantas otras materias relacionadas, permiten que, paso a paso, se logre el diseño de instrumentos que permiten proteger la vida del que está por nacer. La batalla por la vida desde la concepción hasta la muerte natural no termina con la aprobación de una ley que permite el aborto, sino que se inicia con su restricción y completa eliminación.
¿Subsidiariedad? por Cristóbal Aguilera
Les dejamos a continuación esta columna de opinión escrita por nuestro Director Cristóbal Aguilera y publicada en El Líbero el 26 de noviembre.
Entre los principios sociales más cuestionados durante la discusión constitucional, se encuentra el principio de subsidiariedad. ¿Cómo debemos comprender este principio? La pregunta es crucial debido a la confusión –y muchas veces deliberada tergiversación– que de él se ha hecho, tanto por parte de sus críticos como de sus defensores.
Recientemente el Papa Francisco dedicó una audiencia general a explicar el principio de subsidiariedad, en el contexto de un ciclo de catequesis denominado «Curar al mundo». Lo hizo por medio del siguiente ejemplo: una persona que trabaja por los pobres, a la hora de explicar a qué se dedica, declara: «Yo enseño a los pobres, yo le digo a los pobres lo que deben hacer». Ante esto, el Papa replica con fuerza: «No, esto no funciona, el primer paso es dejar que los pobres te digan cómo viven, qué necesitan: ¡Hay que dejar hablar a todos!».
El ejemplo es magnífico para comprender este principio, por dos motivos.
En primer lugar, porque evidencia dos actitudes que son incompatibles con el principio de subsidiariedad. Por un lado, al Papa le preocupa que la ayuda a los pobres no sea un mero asistencialismo. El asistencialismo contraría la dignidad de los pobres, porque solo los considera como sujetos pasivos de las soluciones. En efecto, no tiene sentido suplir y anular («yo les digo lo que deben hacer») a quienes se busca ayudar. Pero al Papa también le preocupa que los pobres se vuelvan invisibles. Una sociedad que solo se guía por el mérito y la competencia es una sociedad que termina viendo a los pobres como una piedra de tope para el progreso.
En segundo lugar, el ejemplo es notable porque no habla del Estado. El Papa se refiere –aunque no emplea este concepto– a una «sociedad subsidiaria». ¿Qué significa esto? Significa una sociedad que entiende que la responsabilidad por el bien común recae primeramente en sus miembros. Dicho de otro modo: una sociedad que asume que a todos nos compete colaborar para que los demás puedan realizarse. Obviamente el Estado tiene una labor insustituible, por ejemplo, a la hora de asegurar una redistribución justa de la riqueza que garantice condiciones mínimas de igualdad y justicia (y por ello también es pertinente hablar de «Estado subsidiario»). Con todo, lo fundamental es que las personas, y las agrupaciones sociales, asuman un compromiso vital para con el resto de la sociedad. Así, por ejemplo, podríamos hablar de la función subsidiaria de la empresa, que se traduce –entre otras cosas– en que los empresarios se preocupen de generar las condiciones laborales para que los trabajadores se realicen como personas.
Subsidiariedad significa ayuda, asistencia. No suplencia. De algún modo, esa ayuda debe dirigirse a que todos asuman sus propias responsabilidades. De hecho, con esto termina el Papa su reflexión sobre la subsidiariedad. Y asumir las propias responsabilidades, en cualquier sociedad que se digne llamar como tal, significa preocuparse por el bien de los demás, principalmente de los pobres. Así, el principio de subsidiariedad puede plantearse, en definitiva, como un principio de justicia que exige que cada uno colabore con los otros para que también ellos puedan colaborar. De esto se trata, en último término, ser ciudadano.
«Entendiendo el rol subsidiario del Estado» por Cristóbal Aguilera
Les dejamos a continuación una Carta al Director del miembro de nuestro Directorio, Cristóbal Aguilera, publicada por El Diario Financiero este viernes 20 de noviembre.
Señora Directora:
Agradezco los comentario del economista Juan José Balsa (17 de noviembre) a mi columna sobre el principio de subsidariedad. La verdad, estoy de acuerdo en prácticamente todo lo que sostiene, por lo que sólo enfatizaré dos puntos.
Coincidimos en el diagnóstico: el principio de subsidariedad ha sido mal interpretado, al punto de que se ha asimilado con la idea de “Estado mínimo”.
Agregaría que quienes lo han malentendido han sido primeramente sus defensores, que lo que en realidad han promovido es un principio de “no intervención estatal en materia económica”. Esto, por supuesto, no es subsidariedad como bien expone Balsa a la luz de la Doctrina Social de la Iglesia.
El principal error de entendimiento radica en la absolutización del principio en su faz negativa, obviando la positiva. El deber subsidiario del Estado implica primeramente ayudar y asistir a las agrupaciones sociales para que alcancen sus fines, pero –y aquí la relevancia de la faz negativa, que es la otra cada de la moneda– sin suplirlas, anularlas o capturarlas. Comprendido así, me parece fundamental tener presente este principio en la discusión constitucional, para delinear la labor del Estado en materia social.
Cristóbal Aguilera Medina
Profesor de Derecho Universidad Finis Terrae
¿Garantías de la niñez?
El día 18 de noviembre, Cristóbal Aguilera, director de nuestra Corporación, publicó esta columna de opinión en La Segunda acerca del proyecto de Ley de Garantías de la Niñez.
Durante la discusión del veto al proyecto que crea el servicio de protección especializada, la ministra Rubilar argumentó que el Gobierno está comprometido con la aprobación del proyecto de Garantías de la Niñez. ¿De qué se trata?
Este proyecto fue la principal iniciativa en materia de infancia que presentó la expresidenta Bachelet durante su mandato. El proyecto, como lo explicaba en 2015 Estelan Ortiz, entonces secretaria ejecutiva del Consejo Nacional de la Infancia, busca entrometerse en la relación de los padres con sus hijos. Así, frente a la pregunta sobre si una niña que va a pedir la píldora del día después debe comentarlo a su familia, Ortiz respondía: “No tiene por qué (…) derecho a la intimidad”. En este contexto, el proyecto tiene por objeto asignarle al Estado el deber de garantizar y resguardar la vida personal de la niña frente a la intromisión ilegítima y arbitraria de los padres. Hay que agradecer a Ortiz por su sinceridad.
No es extraño que la principal discusión sobre este proyecto diga relación con el derecho de los padres de educar a sus hijos. El proyecto debilita la autoridad de los padres y ensancha las potestades del Estado a fin de que pueda interferir en la vida familiar. Lo que subyace a la iniciativa es la noción según la cual los niños son absolutamente autónomos, por lo que las limitaciones que los padres puedan establecer en su rol educador deben ser juzgadas y valoradas por el Estado. En esta línea, algunos senadores han llegado incluso a decir que los niños, antes que hijos de sus padres, son ciudadanos. Se instala así una noción dialéctica de la relación filial, que desconfía de los padres y confía en el Estado como garante de los derechos de los niños.
La pretensión de resguardar la autonomía de los niños y oponerla al derecho de los padres no es nueva. La ley de aborto, a partir del concepto de “autonomía progresiva” que el proyecto de Garantías busca consolidar, permite que las niñas menores de 14 años puedan abortar sin el consentimiento y conocimiento de sus padres. Lo nuevo e insólito es el entusiasmo de la ministra Rubilar por aprobar la iniciativa con celeridad. Habrá que preguntarse si el oficialismo le permitirá nuevamente al Gobierno apoyar propuestas que atentan directamente contra principios fundamentales de su sector.
«La mal entendida subsidiariedad: ¿Ayuda, ausencia, suplencia?» por Cristóbal Aguilera
Les dejamos a continuación esta columna escrita por el miembro de nuestro directorio Cristóbal Aguilera publicada el 12 de noviembre en el Diario Financiero
Uno de los principios sociales que más críticas ha recibido en el contexto del debate constitucional es el de subsidiariedad. El problema es que muchos de los cuestionamientos parten de un supuesto equivocado: la subsidiariedad necesariamente pugnaría con un Estado activo en el ámbito social. Por el contrario, una correcta comprensión de este principio puede ayudarnos a comprender el papel que le corresponde al Estado en esta esfera.
El principio de subsidiariedad se funda en la siguiente premia: la realización de los miembros de toda comunidad política supone que estos puedan asumir sus propias responsabilidades en la vida social. Sobre esta base, la subsidiariedad constituye un criterio de justicia que, en concreto, permite determinar a quién le corresponde la realización de las diferentes actividades de la vida en sociedad. De ahí que este principio, que es sinónimo de ayuda o asistencia, tenga por objeto precisamente ayudar y asistir a las personas para que alcancen sus fines en virtud de sus propios esfuerzos, lo que normalmente realizan por medio de agrupaciones sociales que forman para estos efectos.
En este contexto, el concepto de “Estado subsidiario” enfatiza la idea de que la labor del Estado debe orientarse a prestar esta ayuda, a la vez rechaza dos perspectivas incompatibles con él. Por un lado, es incompatible con la subsidiariedad un Estado que sustituye a los ciudadanos y agrupaciones en la consecución de sus metas, pues carece de sentido suplir y anular a quienes se busca precisamente asistir.
Por otro lado, también es contrario a este principio la tesis del “Estado mínimo”, según la cual el Estado no debería intervenir en la vida social salvo contadas excepciones. La subsidiariedad no es ausencia del Estado ni desprecio del mismo, sino presencia; pero presencia que se orienta a ayudar, no a suplir.
De este modo, podríamos definir el papel que le cabe al Estado en el ámbito social como colaborativo. En ciertos casos, esto se debe traducir en generar condiciones para que los ciudadanos puedan libremente organizarse y desarrollar las actividades que se proponen (en el ámbito educativo, cultural, etc.). En otros casos, la subsidiariedad exige asistir directamente a las familias que viven en situaciones de vulnerabilidad, como la pobreza, para ayudarles a que ellas mismas se hagan cargo de sus vidas.
No es incompatible con el principio de subsidiariedad una política que busque otorgarles una vivienda digna a ciertos sectores de la población. Tampoco lo es el establecimiento por ley de un sueldo digno o la imposición de una política de redistribución de la riqueza para crear mejores condiciones sociales.
Es fundamental que la discusión constitucional tenga a la vista este principio, que permite delinear correctamente la labor del Estado en materia social, con el fin de que las personas y las agrupaciones puedan realizarse asumiendo sus propias responsabilidades en la vida en común.
«Los niños como moneda de cambio» por Daniela Constantino
Los invitamos a continuación a leer este breve Carta al Director de nuestra Asesora Legislativa, Daniela Constantino, publicada este lunes 9 de noviembre por El Líbero. La carta hace referencia a los costos de haber aprobado el Veto Presidencial en el Senado.
Señor Director:
El miércoles de la semana pasada, la Sala del Senado terminó de votar el veto presidencial al proyecto que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada. Sin embargo, esta votación no estuvo exenta de polémica.
El Senado logro ponerse de acuerdo para aprobar el veto que pone fin al amarre de este proyecto de ley con el proyecto de Garantías de la Niñez, pero ¿a qué costo?
A cambio de contar con algunos votos de oposición, el Gobierno se comprometió a acelerar la tramitación del proyecto de ley de Garantías de la Niñez, el que contraría abiertamente el ideario su sector. En efecto, este proyecto debilita el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos y promueve una visión del Estado como garante de los derechos de los niños según la cual, en palabras de ciertos congresitas, “los niños son antes ciudadanos del Estado que hijos de sus padres”.
Cabe preguntarse dónde ha quedado aquella consiga de “poner a los niños primero”.
De: Daniela Constantino, Asesora Legislativa de Comunidad y Justicia