Author : Ignacio Suazo

«Carta a un ciudadano en reflexión» por Vicente Hargous

Los invitamos a leer esta excelente columna de nuestros asesor legislativo, Vicente Hargous, publicado por el medio digital Controversia, este lunes 21 de septiembre.

Te escribo a ti, porque tengo una preocupación sincera por lo que va a pasar en Chile. Quería escribirte, aunque el tema sea incómodo, sobre el plebiscito que se nos viene el 25 de octubre. No vengo a venderte la pomada con uno u otro bando: no es mi objetivo decirte que votes apruebo o rechazo, sino que reflexiones un poco. Obviamente tengo una postura personal, que te transparento desde ya: voy por el rechazo… pero eso no quita que podamos conversar.

Por una parte, sobran quienes quieren engatusarnos con sus ideologías: visiones simplistas de la realidad, que identifican un elemento concreto como la causa de todos los males. Muchos vendedores de utopías circulan hoy por Chile, a ambos lados del camino. Tengamos cuidado: algunos de ellos están como ciegos y son incapaces de ver fuera de la gnosis salvadora que ellos creen tener, y quizás otros tienen intereses para presentarse a la eventual Convención constituyente.

Pero por otra parte hay otros que nos llaman a la ‘mesura’, a las posiciones ‘moderadas’, al ‘equilibrio’. Esta postura puede ser atractiva, pero mira… pensémoslo un poco: ¿qué pretendemos con nuestro voto? ¿qué queremos con una Constitución? El defecto del llamado a la ‘moderación’ es que, aunque parece sensato, pone los ojos en los medios, pasando por alto que el fin es el que causa la forma. —Que si la Convención Constituyente es mixta, que si es simple, que si los candidatos, que si los acuerdos van a ser por dos tercios, que si habrá acuerdos o si habrá aplanadoras… todo eso es importante, pero su importancia es medial, no final.

¿Qué queremos lograr? La pantomima ridícula del veleidoso zigzagueante, al igual que la del cordero ideologizado con voto ‘del partido’, representa exactamente lo contrario de lo que debe ser tu actitud y mi actitud frente a decisiones así, donde nos jugamos parte no menor de las normas que regulan la vida pública nacional y el Estado (porque ojo: la eventual nueva Constitución no es un pacto social que va a refundar Chile, sino solamente una norma que, por la relevancia de su contenido, es más rígida que las demás). Lo que debemos buscar no es una mayor representación de opiniones, sino el bien común. Puede que el diálogo y el contraste de opiniones nos ayude a conocer qué es lo mejor, pero no es algo que busquemos como un fin. El consenso porque sí, los acuerdos por los acuerdos, no sirven, porque de hecho ocurre y ha ocurrido que lleven al error, a soluciones que nos pueden hacer mucho daño.

¿Sabes lo que nos jugamos en este plebiscito? Si apuntamos al bien común, no debemos buscar únicamente consensos (ni tampoco contentarnos con evitar desastres económicos), sino también tratar de asegurar ciertos mínimos, ciertos valores que “no son negociables”. Nos jugamos una estructura del Estado, pero también una visión de la persona humana, de la familia, de las sociedades menores, de la naturaleza humana y de los derechos inherentes a la persona humana. Nos jugamos la protección de la vida desde la concepción hasta la muerte natural, de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, de la libertad de enseñanza, del derecho preferente y el deber de los padres en la educación de los hijos. Todas esas cosas están en la Constitución actual… y existe un riesgo de que sean eliminadas. Obviamente, hay que ponderar ese riesgo con otros elementos que también tienen relevancia para el bien común, pero no puede ser que no consideremos para nada esos elementos, que son buenos y esenciales para un orden político justo.

Yo también veo que el problema político y social que tenemos es gordo, y que no se va a arreglar con soluciones parchecuristas. Y también creo que nuestro sistema necesita aire, necesita inyectar más solidaridad, más regionalización y un enfoque prioritario en los más vulnerables, y tal vez si el espíritu de nuestra Constitución hubiese tenido más elementos en esa línea no estaríamos donde estamos… pero ¿será necesario eliminar todo para conseguir esos cambios? ¿tenemos certeza de que esos cambios van a quedar en la nueva Constitución? Una deliberación prudente requiere salir de las ideologías y mirar más allá de la económico, pero también considerar los riesgos de los elementos culturales y sociales que podemos perder.

«Matrimonio y Estado de Chile» por Álvaro Ferrer

El miércoles 24 de septiembre José Miguel Vivanco publicó en El Mercurio una columna donde llamaba al Estado de Chile a legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo. Aunque nuestro Director Ejecutivo envió una carta de respuesta a este mismo medio, este medio decidió no extender la polémica. Por nuestra parte, la dejamos disponible a continuación e invitamos a leerla.

Señor Director,

En columna publicada ayer, el señor José Miguel Vivanco aboga por el reconocimiento del mal llamado matrimonio igualitario. Sus razones se reducen a criticar una sentencia del Tribunal Constitucional, citando al efecto cierta jurisprudencia y experiencia internacional como signos inequívocos del progreso y rumbo indefectible de la historia. Es decir, sus argumentos se reducen seleccionar leyes y sentencias ad hoc que, de modo autoritativo, respaldan su opinión. Obviamente que la opinión contraria puede hacer otro tanto –como lo hizo la sentencia del TC que tanto le disgusta–, y así el debate racional se reduce a una competencia de erudición acomodaticia.

Conviene tener presente, además, que el argumento desde la autoridad es el más débil de los argumentos, porque citar lo que alguien dijo o hizo no demuestra directamente lo que las cosas son. Salvo, claro está, que se use para fundamentar una doctrina sagrada. Y tal parece ser este caso, aunque con ciertos tintes totalitarios: el progresismo se afirma a sí mismo como doctrina irrefutable y vinculante, quien discrepa de semejante ortodoxia es un fóbico hereje.

Bueno sería dejar de lado esta pseudo religión y sentarnos a discutir seriamente sobre lo que las cosas son, el porqué de ciertas instituciones; en particular, qué es el matrimonio y para qué existe. Sin abordar esta cuestión sustantiva, la afirmación sobre una supuesta “deuda” con las parejas del mismo sexo no es más que una petición de principio, un salto de fe.

Alvaro Ferrer Del Valle

Director Ejecutivo Comunidad y Justicia

Acerca de los orígenes históricos del Estado de Derecho

Lo que hoy reconocemos como Estado de Derecho bien puede encontrar su génesis histórica en la España Cristiana del Medioevo y concretamente, en las reformas realizadas durante el reinado de Alfonso IX. A continuación les dejamos un extracto del artículo «el más antiguo Estado de derecho en Europa y en América», del historiador Bernardino Bravo que profundiza en el legado de este gran gobernante.

Primer estado de Derecho en Europa

Dos grandes factores contribuyen al florecimiento de la protección a las personas en la península ibérica durante la reconquista, por una parte la diversidad de tierras, gentes y derechos y por otra, el utrumque ius, cultivado en las universidades europeas. el estado de derecho es fruto de esta feliz convergencia entre dos vertientes, una práctica y otra científica. La gravitación de ambas es cada vez más notoria desde el siglo xi. Al respecto, dos fechas son sugerentes. En 1085, Alfonso VI, de Castilla y León, tomó Toledo, la antigua capital visigótica, lo que marcó un hito en la reconquista peninsular y, c. 1088, se inició en Bolonia el cultivo del utrumque ius, romano y canónico, que desde allí se extendió por todo el continente, hasta convertirse en un ius commune europeo, superpuesto a la variedad de derechos propios, vigentes a lo largo y a lo ancho del continente.

Tras la reconquista de Toledo, Alfonso VI se proclamó emperador de las dos religiones, esto es, cristiana y musulmana y confirmó la vigencia en Toledo de cinco fueros diferentes para otros tantos núcleos de población.

Sobre estos presupuestos, se refuerzan ciertas formas de protección a las personas, como las contempladas en los decretos de las llamadas Cortes de León (c. 1188), conocidos bajo el nombre de Charta Magna Leonesa. El rey Alfonso IX jura que no procederá contra nadie por simple denuncia, sino después de probados en su tribunal los cargos que se aducen contra él. antes de lo cual no le hará malum vel damnun, vel in persona vel in rebus suis. la exigencia del juicio previo cubre pues, tanto la persona como la hacienda del inculpado.

A ello se añaden algunas medidas prácticas. por una parte se prohíben varios modos de hacerse justicia por sí mismo y se obliga a ocurrir a los jueces reales, eclesiásticos o señoriales. por otra parte, se sanciona como delito al que «ad domum alicuius per vim vadat vel damnun aliquod in ea vel hereditate eius faciat». es decir, se pena al que entra con violencia en casa ajena, causa daño en ella o en la heredad de otro.

Junto a estas formas de protección a las personas aparece en el decreto de Alfonso IX otro elemento: un antecedente de lo que podemos llamar derechos políticos de los estamentos que componen el reino. El rey promete: quod non faciam bellum vel pacem vel placitum nisi cum consilio episcoporum, nobilium et bonorum hominum per quorum consilio debeo regi. O sea, el rey admite que debe reinar con consejo de los obispos, nobles y hombres buenos y, por eso, se obliga a no hacer la guerra ni la paz ni la tregua sin su dictamen.

Poco posterior parece ser la manifestación, surgida en Aragón como medio concreto de hacer efectiva la seguridad de la persona. al efecto, el justicia mayor exige, en caso de prisión, que el afectado le sea presentado o manifiesto.

Esta es una época de extrema diferenciación jurídica. los estamentos eclesiástico y nobiliario terminan por tener un fuero propio, esto es, un derecho y, a menudo también, tribunales privativos. Asimismo, musulmanes y judíos tienen derecho y jueces propios. En una palabra, nos encontramos con una garantía casi desaparecida, la del fuero personal: nadie es juzgado por un derecho que no es el suyo, ni por un juez impuesto de fuera.

Lo mismo se aplica a aquellas villas y lugares, cuyos habitantes gozan de privilegios o garantías, a menudo documentadas en fueros locales. Estos son, una de las más ricas fuentes de información en materia de protección de las personas. Valen para toda la población de una localidad, es decir, se aplican a todos sin distinciones de tipo estamental. Su contenido es eminentemente casuista, de suerte que nos encontramos con gran profusión de medidas protectoras. Pero estos textos, en su redacción original o en otras similares, se difunden entre múltiples localidades. Así, a la postre, la gama de formas de protección a la persona y a sus bienes es bastante uniforme. Se protege la vida de cada uno, su libertad de movimiento y de residencia, su casa, su integridad corporal, sus propiedades y demás.

Bernardino Bravo Lira. «El más antiguo Estado de derecho en Europa y en América (siglos XI al XXI): parangón entre el si recte facias hispánico, el rule of law inglés y el règne de la loi ilustrado» Anuario de historia del derecho español, Nº 80, 2010, págs. 415-546.

«Aborto en tres causales: una ley injusta» por Álvaro Ferrer

Los invitamos a leer esta columna publicada este miércoles 23 de septiembre por la sección «voces» de La Tercera PM. En ella, nuestro Director Ejecutivo, Álvaro Ferrer, nos invita a no olvidar que se trata de una ley esencialmente injusta y por lo tanto, que no debemos ahorrar esfuerzos en combatirla.

El 23 de septiembre de 2017 fue publicada en el Diario Oficial la “Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo”, eufemismo a la chilena usado para no llamar a las cosas por su nombre. Hace 3 años está vigente en Chile una “ley” que autoriza el aborto provocado, esto es, la realización de aquel acto que de manera inequívoca y directa intenta y produce la muerte del que está por nacer. Ese día fue derogado el principio basal de todo el orden jurídico. Desde entonces, y por primera vez en nuestra historia, se autoriza y justifica el atentado directo contra la vida de la persona inocente e indefensa aún no nacida como medio para resolver un conflicto. La fecha constituye un hito en el derrotero que condiciona el reconocimiento de la dignidad humana a diversas circunstancias.

Podrán analizarse los números de su aplicación hasta la fecha y, conforme a ello, adoptar una serie de medidas. Ahora quiero reflexionar sobre algo diferente.

Fuimos testigos de una fuerte y organizada oposición a la aprobación de esta ley. Desde la sociedad civil, la academia, parte del mundo político y la Iglesia, hubo una sola voz en defensa de la vida inocente. “No los dejaremos solos”, se repetía con fuerza, y se anunciaba el inicio de una férrea resistencia legítima. Con la perspectiva de estos 3 años es necesario y honesto reconocer que la derrota fue profunda. Nunca más se vió ni escuchó a los líderes “pro vida”. El “sector” sucumbió desmoralizado y hoy, sea por temor, olvido, indiferencia, ignorancia o desánimo (u otra), la mayoría de los actores y sus proyectos -salvo honrosas excepciones- se diluyó en el cambio de urgencias y prioridades. No juzgo personas, sólo constato un hecho.

Pero el principal y porfiado hecho es que en Chile mueren niños por el aborto provocado. Muchos, pocos, no importa. Y la convivencia con semejante estructura injusta no puede ni debe aceptarse. Nunca. La ley de aborto debe ser derogada. Cuándo… dependerá de la honestidad y seriedad del compromiso personal. Pero la inacción no puede transformarse en costumbre ni la indiferencia en la regla. El mal avanza, se instala y echa raíces cuando el bien retrocede. Y este retroceso -no lo olvidemos- tiene rostro: el de cada niño muerto y el de su madre abandona en su vulnerabilidad. Así es: la “ley” injusta se encarna en el dolor y sufrimiento de personas, no de estadísticas. Esta realidad no cambia ni cambiará gracias a la estética vociferante e impúdica de coloridos pañuelos, sino por la belleza de una genuina cultura de la vida que debemos recuperar, fortalecer y promover.

«la convivencia con semejante estructura injusta no puede ni debe aceptarse. Nunca. La ley de aborto debe ser derogada. Cuándo… dependerá de la honestidad y seriedad del compromiso personal.»

Nos aproximamos a decidir sobre cuál y cómo debe ser la norma fundamental que rija la vida en común. Que el recuerdo ignominioso del tercer aniversario de la legalización del aborto provocado nos sirva para reparar seriamente en el precedente y las consecuencias de validar el recurso a la violencia como medio para resolver los conflictos, y reanime y vivifique la necesaria defensa y promoción comprometida de aquellos bienes no negociables para el Bien Común, partiendo por la dignidad intrínseca de la persona y su derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural.

«Despenalización del aborto» por Macarena Bustamante

A continuación les dejamos una Carta al Director de nuestra asesora judicial, Macarena Bustamante, publicada por El Líbero este miércoles 23 de septiembre. En ella, Macarena nos ayuda a dimensionar lo que ha significado el aborto hasta ahora y sugiere algunos lineamientos a futuro para encarar esta ley.

Señor Director:

En medio de la contingencia sanitaria, política y social que se vive en el país, casi pasa desapercibido el hecho de que un día como hoy, hace 3 años, entró en vigor la ley que despenalizó el aborto o “interrupción voluntaria del embarazo” en tres causales. Según los datos proporcionados por el MINSAL, en dicho período se han llevado a cabo más de 1.500 abortos tanto en instituciones públicas como privadas. Sólo entre enero y junio de este año, por cada 100 muertes que dejó el Covid-19, 4 niños fueron asesinados antes de nacer (considerando, además, que las solicitudes de aborto han disminuido a consecuencia de la alta demanda a la que está siendo sometido el sistema de salud).

«no importa cuántos años pueda estar vigente, una ley de dicha naturaleza siempre será injusta por el sólo hecho de permitir que arbitrariamente se ponga fin a la vida de seres humanos indefensos e inocentes.»

Sin embargo, el paso del tiempo ha hecho creer a muchos que lucha en la defensa de la vida desde la concepción sería una batalla “pasada” o ya perdida. No obstante, no importa cuántos años pueda estar vigente, una ley de dicha naturaleza siempre será injusta por el sólo hecho de permitir que arbitrariamente se ponga fin a la vida de seres humanos indefensos e inocentes.
A nuestro juicio, es necesario enfocarse en tres aristas para el futuro. La primera, en la derogación de la ley de aborto actualmente vigente. La segunda, impedir la aprobación del proyecto de ley actualmente en trámite en el Senado, que busca legalizar el aborto libre, constituyéndolo como un “derecho humano”. Y la tercera, pero no por eso menos importante, trabajar para un lograr un adecuado acompañamiento a la mujer que pasa por un embarazo vulnerable, otorgándole un trato digno tanto a ella como al hijo que lleva en su vientre en cada una de las “causales” que señala la ley.

Esta cuestión no nos puede dejar indiferentes. Qué triste sería que dejáramos pasar los años permitiendo la muerte de personas por el simple hecho de que sus vidas se consideraron menos valiosas… ¿No es eso lo propio de los regímenes totalitarios?

Macarena Bustamante Sinn

Abogado litigante Comunidad y Justicia

«Declaración pública sobre el veto al proyecto que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia» por 9 organizaciones

Les dejamos a continuación una declaración pública, firmada por nuestra institución, respecto al veto presidencial al proyecto de ley que crea el nuevo Servicio de Niñez y Adolescencia. Lo invitamos a leerla. Puedes ver la declaración en PDF aquí.

En relación con la discusión legislativa en torno al proyecto de ley que crea un Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia y sobre las observaciones (veto) formuladas al mismo por el Presidente de la República, declaramos lo siguiente:

1. El Proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia tiene como finalidad dar respuesta a la deuda histórica que tiene el Estado de Chile con los niños, niñas y adolescentes, lo cual ha sido constatado por numerosos informes, tragedias y denuncias que evidencian graves y profundas vulneraciones a sus derechos. A través de este proyecto de ley se pretende que el SENAME sea remplazado por la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada y del Servicio Nacional de Reinserción Juvenil. Es decir, el SENAME se dividirá en dos servicios distintos con la finalidad de otorgar una protección especializada a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en una situación de vulnerabilidad o que se encuentran en conflicto con la ley penal. Lograr cambiar la institucionalidad actual en favor de los niños, niñas y adolescentes permitirá avanzar hacia una mayor especialización en la materia y permitirá brindar una protección más efectiva a aquellos que han sido gravemente vulnerados en sus derechos. Esta tarea es urgente y necesaria.

2. El proyecto de ley de Garantías de la Niñez, por el contrario, no es urgente. Este se encuentra en segundo trámite constitucional y no cuenta con apoyo transversal de los diversos sectores políticos por su alto contenido ideológico. Más aún, genera enormes polémicas, que son precisamente las que han atrasado su tramitación. Algunas materias en que existe una evidente falta de consenso son, por ejemplo, el presunto derecho que tendrían los niños para asistir a manifestaciones o pertenecer a ciertas asociaciones sin el consentimiento o la autorización de sus padres, punto que ha sido largamente discutido en los medios de opinión nacionales. No obstante, este punto está lejos de ser el único controversial pues, además, el proyecto incorpora expresamente derechos como la educación sexual “de carácter laico y no sexista”, la autonomía progresiva (la cual también ha sido objeto de muchos cuestionamientos, al menos por razones de interpretación o aplicación), la visión del Estado como garante de los derechos de los niños frente a sus padres (lo que ha sido defendido por ciertos honorables congresistas con palabras como “los niños son antes ciudadanos del Estado que hijos de sus padres”). En todo este panorama, aun para quienes comparten estas posturas, es innegable que el proyecto es controversial. Algunas de estas materias se incorporaron de manera más suavizada en el proyecto de Protección Especializada.

3. La indicación presentada durante la tramitación del proyecto de Protección Especializada, mediante la cual se sujeta la vigencia de éste a la publicación del proyecto de garantías (conocido como “el amarre”) constituye un obstáculo puesto a un proyecto de ley urgente, para aprobar por fines partidistas o ideológicos un proyecto nada urgente y claramente polémico.

4. El veto formulado por el Presidente de la República pretende eliminar los puntos del proyecto que, además de no suscitar suficiente respaldo ciudadano, atentan contra los derechos de los niños y el mismo derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos. Además, pretende evitar el innecesario retraso del urgente proyecto de Protección Especializada.

5. Durante la tramitación del veto en la Cámara de Diputados, el veto formulado al artículo undécimo transitorio que pretende suprimir la norma que amarra al proyecto de ley de Protección Especializada con el proyecto de ley de Garantías de la Niñez, fue declarado admisible por la mayoría de los miembros de la Cámara y luego rechazado en su votación en Sala, sin que se alcanzara el quórum para su insistencia. Así, esta norma, que tanto repudio había generado, terminó siendo eliminada del proyecto de ley de Protección Especializada. Sin embargo, el 8 de septiembre, la Presidente de la Comisión de Infancia en el Senado declaró inadmisible el veto que pretende poner fin a dicho amarre, obstaculizando así la entrada en vigor del Servicio de Protección Especializada y la desaparición del SENAME.

6. Nos parece gravísimo que haya parlamentarios de la oposición y organizaciones que abusen de su posición para defender posturas ideológicas, poniendo en último lugar a los niños y niñas más vulnerables de Chile. Si ellos fuesen el foco de nuestras preocupaciones, nunca se habría presentado la indicación que sometía la vigencia del proyecto de Protección Especializada al de Garantías de la Niñez. Ambos proyectos son independientes y de hecho se tramitaron por separado. Su unión solamente fue una forma de chantaje para obligar a aprobarlo a quienes se oponen a su contenido ideológico.

Es por ello que llamamos a los parlamentarios de todos los sectores políticos a dejar de lado sus diferencias ideológicas y pensar primero en los niños y niñas de Chile, aprobando íntegramente el veto presentado por el Presidente de la República, para no postergar más la entrada en vigencia del Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia y saldar así la deuda histórica que el Estado de Chile tiene para con la infancia.

Fundación Somos Padres

Padres Objetores

CONFEPA

Con mis hijos no te metas

ProFamilia Chile

ConFamilia

Familia, Fe y Vida

Movimiento por la Familia

Comunidad y Justicia

«Reforma al SENAME» por Daniela Constantino

Los invitamos a leer la siguiente carta al director publicada este viernes 11 de septiembre por La Tercera. En ella, nuestra asesora legislativa, Daniela Constantino, protesta contra lo injusto que es el amarre entre los proyectos de ley de garantías de la niñez y de reforma al actual SENAME.

SEÑOR DIRECTOR

El 8 de septiembre, la Comisión de Infancia en el Senado comenzó a discutir el veto formulado por el Presidente de la República al proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez. En dicha sesión, la presidente de la Comisión declaró inadmisibles determinadas partes del veto.

Sobre esto último, llama mucho la atención que la presidente de la Comisión decidiera declarar inadmisible la parte del veto que pone fin al “amarre” (que tanto repudio ha causado) de este proyecto de ley con el proyecto de ley de Garantías de la Niñez, lo cual, además, ya había sido declarado admisible por la Cámara de Diputados, se había rechazado y no se había obtenido el quórum para insistir, por lo que el “amarre” por fin había terminado.

«¿Hasta cuándo la oposición va a seguir priorizando agednas por sobre las necesidades reales y urgentes de los niños, niñas y adolescentes más vulnerables de Chile? ¿Es necesario otro escándalo de vulneración de derechos para poner fin a este retraso? La reforma estructural al SENAME no puede esperar más.»

A pesar de ello, pareciera que para algunos sectores políticos, todos van primero menos los niños, niñas y adolescentes más vulnerables de Chile. No nos saquemos la suerte entre gitanos; los niños hoy están siendo utilizados como moneda de cambio para avanzar en una agenda ideológica que perjudica a la familia y solo beneficia a una élite.

¿Hasta cuándo la oposición va a seguir priorizando agendas por sobre las necesidades reales y urgentes de los niños, niñas y adolescentes más vulnerables de Chile? ¿Es necesario otro escándalo de vulneración de derechos para poner fin a este retraso? La reforma estructural al Sename no puede esperar más.

Daniela Constantino

Asesora legislativa de Comunidad y Justicia

Pasantías: crecer y aportar

Ni la pandemia ni el teletrabajo impidieron a Isabel, Daniela ni José Ignacio realizar una pasantía con nosotros. Ignacio Suazo nos cuenta en esta nota los detalles de la experiencia.

Nuestra Corporación tiene la tradición de recibir un pasante de Alliance Defending Freedom (ADF) durante la segunda mitad del primer semestre. La experiencia de recibir a algún estudiante que se encuentre realizando el programa Blackstone, organizado por ADF ha sido muy positiva. De hecho, nuestra asesora legislativa, Daniela Constantino, llegó a Comunidad y Justicia justamente luego de haber realizado su pasantía con nosotros el año 2018.

La buena experiencia de estas pasantías, sumada a la voluntad de aportar al crecimiento de muchos estudiantes, nos llevó en el verano a recibir a cuatro pasantes en el mes de enero. Nuevamente, estas fueron un éxito. Todo indicaba que volveríamos a abrir postulaciones para las vacaciones de invierno. Claro, todo hasta la llegada del coronavirus. Con teletrabajo, muchos proyectos en carpeta y sin posibilidades de tener el necesario contacto presencial, nuestra primera reacción fue desistir de las pasantías durante la pandemia.

Dios, no obstante, quería otra cosa. Desde principios de año, una estudiante de psicología, Daniela Saffie, alumna de 2° año de psicología en la Universidad del Desarrollo, había mostrado mucho interés en hacer una pasantía con nosotros. Su perseverancia y entusiasmo nos contagió y a comienzos de julio, Daniela comenzó una pasantía de tres semanas para investigar sobre la aplicación de la ley de aborto en tres causales en nuestro país. Tras una buena primera semana de trabajo, nos animamos a incorporar a una segunda persona que mostró interés en participar. Es así como llegó al equipo José Ignacio Torrealba, alumno de cuarto año de College en la UC a apoyar el trabajo que ya estaba haciendo Daniela.  Por último, dos semanas después, se incorporó al equipo Isabel Jordán, egresada de filosofía y literatura. Isabel, por su parte, trabajó en el boletín “Veritas et Bona” y en la elaboración de cursos sobre DD.HH., un proyecto del que esperamos poder dar noticias pronto.

En palabras de los tres, la experiencia fue positiva. Nosotros no podemos decir menos. La tenacidad y disposición para trabajar de los tres fue admirable. Tanto como su paciencia por las incomodidades de tener que coordinar todo de forma remota. Daniela, Isabel y José Ignacio: gracias.

«En palabras de los tres, la experiencia fue positiva. Nosotros no podemos decir menos. La tenacidad y disposición para trabajar de los tres fue admirable. Tanto como su paciencia por las incomodidades de tener que coordinar todo de forma remota. Daniela, Isabel y José Ignacio: gracias.»

Finalmente, animamos a otros estudiantes o recién egresados a postular a nuestras pasantías (pueden hacerlo aquí). La experiencia con Daniela, Isabel y José Ignacio nos muestra que incluso con teletrabajo, es posible realizarlas. Pero no se demoren en postular: luego de haber participado en una feria laboral organizada por Derecho UC, ya tenemos más de 10 postulantes.

Proyecto de ley de no discriminación: mucho más que problemas antropológicos

Invitamos a leer esta nota preparada por nuestro encargado de comunicaciones, Ignacio Suazo sobre un proyecto con serias deficiencias jurídicas.

Hace algunos años, producto del dramático asesinato de Daniel Zamudio, se promulgó una ley con el fin de disminuir la discriminación contra ciertos grupos minoritarios. Sin embargo, con el paso de los años, la ley no ha dado los resultados esperados por algunos de nuestros legisladores, quienes han visto cómo los índices de sanciones en aplicación de esta ley son, a ojos de ellos, muy bajos.

Es por eso por lo que hace poco más de un año, los senadores José Miguel Insulza (PS), Adriana Muñoz (PPD), Álvaro Elizalde (PS), Alejandro Guillier (Indep.) y Juan Ignacio Latorre (RD) presentaron un proyecto con la intención de facilitar las sanciones en virtud de esta ley. Lamentablemente, el proyecto, arrastra una serie de complejidades e injusticias. En efecto, vulnera principios jurídicos básicos en al menos cuatro sentidos.

En primer lugar, se hace un cambio sutil, pero muy importante en la definición de “discriminación arbitraria”, presente en el artículo dos, inciso primero:

Para los efectos de esta ley, se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión, preferencia o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y o que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad”.

El cambio busca que no se discrimine respecto de un derecho en particular, sino que la discriminación se pueda ver como un acto independiente, pero el significado de este cambio es ambiguo: es poco sistemático y, a la vez, confunde conceptos básicos.

Un segundo punto es que, puesto que elimina un inciso en que se precisa qué se entiende por justificación razonable para discriminar, considera que todo acto de discriminación es de suyo negativo, sin contemplar la posibilidad de que existan motivos razonables para ejercer alguna discriminación. Esto es grave, puesto que discriminar es algo de suyo natural y necesario. El problema es hacerlo de forma arbitraria, sin una justificación adecuada.

Un tercer problema es que considera cualquier condición social como susceptible de ser discriminada. Así, en teoría cualquier grupo social puede devenir en una “categoría sospechosa”.

Una cuarta dimensión es que invierte la carga de la prueba: es el acusado quien tiene que probar que no ha discriminado. Dado que la discriminación es ante todo una percepción subjetiva, una ley así haría extremadamente difícil demostrar la inocencia del acusado.

El proyecto en cuestión no ha tenido gran cobertura mediática (afortunadamente). No obstante, como Comunidad y Justicia hemos estado atentos a su discusión. Por eso, nuestro asesor legislativo, Vicente Hargous, elaboró una minuta general sobre este tema y además expuso frente a la Comisión en junio de este año. También nuestro director, Álvaro Paul, hizo otro tanto dentro del mes de agosto.

«El desafío es entonces entender estos problemas en su profundidad y buscar respuestas más adecuadas a la naturaleza del fenómeno.»

Finalmente, no podemos cerrar esta nota sin reflexionar sobre el origen de esta iniciativa. Recordemos que la radicalización de este proyecto de ley se basa en un supuesto fracaso de la Ley Zamudio para denunciar hechos de discriminación. Suponiendo que efectivamente los hechos de discriminación arbitraria no han disminuido (algo que habría que probar), cabe preguntarse: ¿Es la Ley Zamudio la respuesta adecuada para combatir hechos como el homicidio que el mismo nombre de la ley recuerda? Voces polémicas han dicho que incluso el caso de Daniel Zamudio no puede entenderse como un crimen de odio, sino como una larga trama de pobreza, marginalidad y exclusión. El desafío es entonces entender estos problemas en su profundidad y buscar respuestas más adecuadas a la naturaleza del fenómeno. Chile lo necesita.

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