A través de un amicus curiae presentado a la Corte, nuestra cooperación expuso argumentos jurídicos en favor de la protección de la vida desde la concepción en el caso Beatriz vs. El Salvador, en medio de intentos recurrentes por imponer una agenda abortista en la región.
En un esfuerzo por defender el derecho a la vida desde la concepción, la soberanía de El Salvador e impedir el avance de la agenda abortista en la región, nuestra cooperación presentó un amicus curiae ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Beatriz vs. El Salvador.
Este caso aborda la petición de una madre salvadoreña que sufrió lupus y quedó embarazada de su segunda hija con anencefalia, y fue manipulada por distintas organizaciones abortistas que la instigaron a abortar por miedo a que su vida corriera peligro y su hija naciera sin vida.
Sin embargo, los estudios médicos demostraron que la vida de Beatriz no estaba en riesgo, por lo que se le negó el acceso al aborto. En su lugar, se le brindó acompañamiento médico para preservar la vida de ambas, madre e hija. Leilani nació por cesárea y falleció cinco horas después debido a su enfermedad congénita, mientras que Beatriz se recuperó favorablemente del embarazo. Beatriz falleció en 2017 debido a un accidente de moto, y años antes había compartido en una entrevista que visitaba a Leilani en el cementerio y le llevaba flores, deseando que estuviera viva. Es importante resaltar que los grupos abortistas mintieron al afirmar que la muerte de Beatriz estaba relacionada con el hecho de no haber accedido al aborto.
Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
Artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Los argumentos presentados por el equipo del Área Judicial de Comunidad y Justicia se enfocaron en dos consideraciones de derecho: que no existe un reconocimiento expreso o tácito del “derecho al aborto” en el Derecho internacional de los derechos humanos y que la Corte Interamericana de Derechos Humanos no tiene competencia para crear un nuevo derecho internacional al aborto.
Además, en el amicus curiae se recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos no puede desconocer el tenor literal del artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establece que «toda persona tiene derecho a que se respete su vida»
El caso Beatriz vs. El Salvador se inscribe en un escenario donde la corte y grupos proabortistas buscan imponer el aborto en la región, al igual que hace años con el caso Manuela. Actualmente, el caso está en la fase de audiencia pública, donde se debatirán los argumentos y las pruebas de ambas partes. La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitirá la resolución final próximamente.
>>Lee la entrevista a Sara Larín: caso Manuela con El Salvador aquí