Hoy en el diccionario Constitucional explicamos en qué consiste el principio de autonomía progresiva planteado en la propuesta de Nueva Constitución.

¿Qué significa?

Se refiere a la capacidad que van desarrollando los niños para ejercer sus derechos por sí mismos.

Comentario / Peligro

La autonomía que, de modo natural, se va adquiriendo a medida que los niños crecen, no es una que deba ordenarse solamente ejercer progresivamente más derechos. Uno de los problemas del concepto es que se percibe la autonomía como una herramienta que sirve solo para ejercer derechos.

Además, muchas veces se presenta como antagónica al derecho de los padres a educar a sus hijos. La mayor autonomía de un niño no se alcanza por separarse de sus padres, sino al contrario: por la mayor e íntima presencia de éstos en sus decisiones libres.

Dónde está / Qué dice el artículo

Artículo 41. 

1- Se garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla. Esta comprende la libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.

2. Esta comprende la libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.

Derecho comparado

En el caso Noruego, se aplicó un modelo autonomista, en donde la familia no forma parte de la plenitud de sus hijos. Si los padres tratan con desconsideración a los hijos, se exponen a que el Estado los separe. En el año 2020, 52.862 niños en Noruega fueron ingresados a alguna medida por parte del Servicio de Bienestar del Niño.

Referencia de Doctrina Social de la Iglesia (DSI)

“Necesita plantearse a qué quiere exponer a sus hijos. Para ello, no se debe dejar de preguntarse quiénes se ocupan de darles diversión y entretenimiento, quiénes entran en sus habitaciones a través de las pantallas, a quiénes los entregan para que los guíen en su tiempo libre. Sólo los momentos que pasamos con ellos, hablando con sencillez y cariño de las cosas importantes, y las posibilidades sanas que creamos para que ellos ocupen su tiempo, permitirán evitar una nociva invasión. Siempre hace falta una vigilancia. El abandono nunca es sano.” (Amoris Laetitia, 260).

“Hoy, además, la autoridad está puesta bajo sospecha y los adultos son crudamente cuestionados. Ellos mismos abandonan las certezas y por eso no dan orientaciones seguras y bien fundadas a sus hijos. No es sano que se intercambien los roles entre padres e hijos, lo cual daña el adecuado proceso de maduración que los niños necesitan recorrer y les niega un amor orientador que les ayude a madurar”. (Amoris Laetitia, 176).

Diccionario Constitucional: autonomía progresiva

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