Author : Comunidad y Justicia

Roberto Astaburuaga: “¿Qué significa armonizar?”

Esta semana en la columna Constituyente del diario El Líbero, uno de nuestros abogados del Área Constitucional, explica las posibilidades que tiene la Convención para maquillar el texto o desarmar los artículos y reescribir el borrador de la nueva Constitución.

“No espero nada de ti y aún así logras decepcionarme” es un dicho reciente de la cultura chilena que refleja la constante y desagradable sorpresa que se puede tener sobre el actuar de alguien o algo, cuando cae en los mismos errores una y otra vez. La Convención nos acostumbró a eso. Tal dicho es una expresión común ocupada por quienes analizan el borrador constitucional y asisten al espectáculo de las chambonadas convencionales.

El último número está ocurriendo en la Comisión de Armonización, con las indicaciones refundacionales. Esta instancia es la última oportunidad que tiene el Frente Amplio para arreglar los 499 artículos y entregar un segundo borrador que tenga una cantidad razonable de artículos, sin redundancias ni reiteraciones y sea un texto que tenga una conexión y coherencia interna que permita presumir su viabilidad y materialización.

Sin embargo, las facultades para armonizar son bastante acotadas, como señala el Reglamento General, aún cuando en las audiencias de expertos en la materia se haya insistido en que la finalidad de presentar un texto coherente permite partir casi desde cero.

En la sesión del martes, la discusión anticipó la forma y contenido que tendrán las indicaciones. Uno de los primeros puntos que la coordinación se encargó de dejar claro fue el oficio de la Mesa sobre la imposibilidad de la coordinación o de la secretaría de la comisión de declarar inadmisibles las indicaciones, salvo la presentación dentro de plazo y la cantidad de firmas, siguiendo el mismo criterio que la comisión de normas transitorias. Así, las indicaciones de armonización pueden incluir materias que ya han sido rechazadas por el Pleno y se encuentran excluidas del debate constitucional, materias que agregan elementos nuevos no incluidos en las normas permanentes o que eliminan algunos si incluidos.

El segundo punto de la discusión se refiere a la forma en que ingresen las indicaciones, pues, en palabras del secretario, estas deben votarse vengan en la forma que vengan. Así aparecen las indicaciones refundacionales que incluyen varias acciones y no una sola, como se había hecho hasta el momento en todas las instancias de discusión y votación en la Convención.

Por tanto, una sola indicación podrá refundir uno o varios incisos o artículos ordenando suprimir, modificar o añadir palabras, frases, oraciones o incisos, además de “trasladar” incisos de un artículo a otro o refundir incisos o artículos.

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Daniela Constantino advierte que proyecto de “personas menstruantes” invisibiliza a la mujer

En la entrevista con el canal católico EWTN, nuestra abogada del Área legislativa conversó sobre el proyecto de ley que reemplaza el término “mujer” por “persona menstruante”.

Nuestra abogada del Área Constitucional, Daniela Constantino, participó en una entrevista en el programa de Noticias del canal católico EWTN donde explicó el proyecto de ley que “promueve, resguarda y garantiza los derechos de las personas menstruantes” fue aprobado el 9 de mayo con 108 votos a favor, 7 abstenciones y 22 votos en contra en la Cámara de Diputados de Chile. Ahora deberá pasar a la Cámara de Senadores para su debate y posterior votación.

Rosario Corvalán participa en el programa Informe Provida de EWTN

En la entrevista con el canal católico, nuestra abogada constitucional conversó sobre varios temas relacionados a la defensa de la vida en nuestro país.

Nuestra abogada del Área Constitucional, Rosario Corvalán, participó en una entrevista en el programa Informe Provida del canal católico EWTN donde explicó el trabajo de nuestra corporación, los peligros que enfrenta el derecho a la vida en el proceso de redacción de la nueva Constitución y los desafíos en la defensa del no nacido en Chile.

Roberto Astaburuaga: “Candados y cerrojos”

Esta semana en la columna Constituyente del diario El Líbero, uno de nuestros abogados del Área Constitucional, explica cinco candados críticos sobre la implementación de la Constitución que deberán resolver la Comisión de Normas Transitorias y el Pleno en las próximas semanas.

A menos de 6 semanas de terminar su trabajo, las comisiones de Armonización y Normas Transitorias se están encargando de eliminar las últimas esperanzas de que la Convención se modere, o mejor dicho, confirma el temor de que esta perfecta retroexcavadora no tiene intención de detenerse ni disminuir su velocidad.

La equivocidad o ambigüedad que tenían algunas normas permanentes desaparece en las normas y discusión sobre el tránsito y adecuación del borrador. No podía ser de otra manera. El programa político constitucionalizado del Frente Amplio y el Partido Comunista debe aplicarse lo más rápido posible. Esta veloz implementación debe ir acompañada de cláusulas pétreas que dificulten de la mayor forma posible toda modificación a la Constitución.

En este sentido, es posible detectar cinco candados críticos en relación con estos dos objetivos. La rápida implementación requiere de la presentación o dictación de más de 50 leyes, que crean y reorganizan más de una docena de órganos del Estado y ordenan al Congreso tramitar siete proyectos de ley sobre sistemas relacionados con los derechos sociales

Un primer grupo de candados se relaciona con la implementación de la Constitución. Dentro de ellos, el primer elemento preocupante es la instalación de una Comisión de Implementación: es peligroso, porque tener un órgano compuesto solo por personas nombradas por el Poder Ejecutivo (al menos hasta el momento) no da garantías de una interpretación democrática al excluir a otros poderes del Estado. En última instancia, proponer que un organismo dependiente del Presidente sea el que interprete la aplicación de la Constitución significa borrar con el codo lo escrito sobre un presidencialismo atenuado, como se ha definido en las normas permanentes. Por último, si se llega aprobar esta norma transitoria, debe reformularse en aquello relativo a su integración, funciones, atribuciones, independencia y duración.

Un segundo candado se trata de la aplicación inmediata únicamente de las normas sobre el quórum del Poder Legislativo, pues en el resto su entrada en vigor comienza en 2026, y sobre esto no se ha entregado un argumento suficiente que explique esta distinción. Esto provoca que las leyes referidas a los derechos fundamentales, específicamente a garantizar los derechos sociales, sean más fáciles de aprobar, pero pueden no dar cuenta de un verdadero consenso legislativo.

El tercer candado va unido al anterior, y se refiere a la presión que se le genera al Poder Legislativo con la aparición de los Decretos con Fuerza de Ley Adecuatorios, propuestos por la Segpres y el Contralor General de la República. Si el Congreso no aprueba una ley en un determinado plazo, el Poder Ejecutivo podrá regular dichas materias vía decretos. Se trata de una usurpación de facultades, que nuevamente le entrega más poder al Presidente y genera el incentivo de bloquear la tramitación de proyectos de ley, para que la norma sea regulada a gusto de quienes ocupan los sillones de La Moneda.

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Conoce los últimos detalles sobre la discusión constitucional en el análisis de Roberto Astaburuaga

A menos de dos meses de que finalice el proceso de redacción para una eventual nueva Carta Magna, compartimos con un ustedes una recopilación de las últimas columnas, entrevistas y conversatorios de Roberto Astaburuaga, abogado del Área Constitucional de Comunidad y Justicia, para conocer qué se incluyó en el borrador constitucional en materias de aborto, eutanasia, libertad religiosa, identidad de género, derecho preferente de los padres de educar a sus hijos y libertad de enseñanza.

Entrevistas en Punto de Encuentro de la diócesis de San Bernardo

En esta entrevista, nuestro abogado aborda ¿Qué pasó con el «derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos? ¿Qué es la autonomía progresiva y de qué se trata la «educación sexual integral»?

Ve la entrevista aquí

En este entrevista, nuestro abogado aborda  una serie de temas problemáticos para los católicos presentes en la propuesta de nueva constitución: el aborto sin límites, la eutanasia disfrazada como «muerte digna» y el rechazo a la objeción de conciencia.

Ve la entrevista aquí

Invitación de Roberto sobre la importancia de estar informado a la hora de votar en el plebiscito de salida.

Conversatorios en la Radio Corporación

Entrevista a Roberto Astaburuaga transmitido el 19 de mayo

Conversatorio transmitido el 12 de mayo

Conversatorio transmitido el 05 de mayo 

Conversatorio transmitido el 28 de abril 

Conversatorio de Dignidad y Derecho sobre la agenda del aborto en Latinoamérica

Este conversatorio es un análisis sobre la situación del aborto en las legislaciones de Chile, Argentina y Ecuador. 

Mira el Conversatorio aquí

Columnas Constituyentes en el Diario El Líbero

“Candados y cerrojos”, publicada el 27 de mayo.

“Seréis como dioses”. publicada el 20 de mayo. 

“Las reglas del juego”. publicada el 12 de mayo. 

“Una Constitución sin libertad de enseñanza”. publicada el 07 de mayo. 

“Normas transitorias”, publicada el 28 de abril.

La No Constitución (I), publicada el 14 de abril.

La No Constitución (II): Los caprichos fundamentales, publicada el  22 de abril.

Bien educado, publicada el 5 de abril.

Entrevista en El Líbero 

LÍBERO CONSTITUYENTE Las diez «trampas» con las que la Convención burló sus propias reglas

Citas de columnas en reportaje del diario El Libero sobre normas transitorias

Cinco temores que acechan las últimas semanas de la Convención

Buscamos nuevo integrante para el Área de Investigación

Perfil

Integrante del Área de Investigación

  • Requisitos: 

1) Titulado o licenciado en Sociología, psicología, filosofía u otra carrera universitaria relacionada con las humanidades o las ciencias sociales. 

2) Compartir lo esencial de los principios de nuestra Corporación.

3) Tener disponibilidad de jornada completa.

4) Promedio de notas igual o superior a 5,5 o equivalente (80%). (requisito no excluyente).

5) Tener algo de experiencia en investigación académica (congresos, ponencias, publicaciones, ayudantías de investigación o Fondecyt, etc.). (requisito no excluyente).

  • Interés en el mundo público.
  • Habilidades interpersonales y trabajo en equipo.
  • Enviar currículum, concentración de Notas, Certificado de ranking y carta de motivación.

Vicente Hargous: “La contienda es desigual”

Hoy en el Día de las Glorias Navales, nuestro abogado del Área de Investigación nos invita a reflexionar sobre la figura de Arturo Prat y sus virtudes, que le permitieron dar la vida por Chile y que son ejemplo vivo para nosotros en estos días.

Los revoltosos años juveniles de nuestra República no vieron sino muy parcialmente consolidada su unidad Patria. Unidad para la cual son siempre insuficientes las constituciones ―leyes que ordenan el Estado, unidas a discursos panfletarios redactados por y para las élites―, que no articulan la conciencia de compartir un mismo destino. Esa conciencia la trajeron nuestros más grandes héroes, que no fueron Portales ni Bello ―aunque a ellos les debemos mucho, sin duda―, sino los fieros combatientes de la Guerra del Pacífico, especialmente Arturo Prat, probablemente la figura más noble de nuestra historia.

Los chilenos participamos muy intensamente de ese carácter que tan magistralmente relatara Jaime Eyzaguirre en su Hispanoamérica del dolor: recordamos y celebramos la derrota en un combate, y no el triunfo de la guerra. Valoramos más la fortaleza de la lucha que el pragmático resultado, pues una victoria terrena alcanzada injusta o cobardemente no pasaría de ser una muestra mezquina de ceguera secularizada, de falta de honor, de debilidad en la única guerra que vale la pena, que es la que luchamos frente a Dios. Celebramos, en definitiva, el sacrificio de Prat por nuestro Chile, no solamente porque incentivó que muchos chilenos decidieran seguir su ejemplo y tomarse en serio la defensa de la Patria, sino sobre todo por su ejemplo heroico y desinteresado.

Prat, sin embargo, fue un héroe no solamente por un instante, sino como fruto de una vida en que cultivó su propio carácter. Se cuenta que en su niñez era débil y enfermizo, pero ya desde pequeño se le inculcó un espíritu de superación que lo hizo sobreponerse a su condición ―como antecedente del “nunca se ha arriado nuestra bandera ante el enemigo”―, lo que le permitió entrar con apenas 10 años a la Escuela Naval. Su empeño lo llevó a estudiar Derecho, profesión que usaría para servir con lealtad a sus amigos acusados injustamente, aunque eso le podría haber significado el menosprecio de sus superiores. Ese afán de pensar en los demás excedía también su círculo privado, pues ayudaba en su escaso tiempo libre haciendo clases a niños vulnerables de Valparaíso. Además era “profundamente religioso”, como señala Gonzalo Vial: un hombre de un profundo “amor a Dios Padre” y de una “completa confianza en su Providencia”. Igualmente destaca el casto amor con que vivió su matrimonio con Carmela Carvajal y el modo en que se desvivía para colaborar en las labores domésticas, en la medida de sus posibilidades. Fortaleza, castidad, lealtad, solidaridad, fe… Sin todos esos años en que se forjó el hombre que fue Prat no habríamos tenido al héroe que todos conocemos. Y sin ese mártir probablemente el curso de la guerra habría sido otro, y nuestro Chile no sería el mismo. Prat nos dio conciencia de ser un país de hermanos, de caminar unidos hacia un mismo destino, y entregó un ejemplo vivo de las virtudes necesarias para dicho caminar.Vale la pena seguir recordando a Prat, en estos días en que vemos izarse tantas banderas que no son la nuestra, en que muchos no están dispuestos a dar la vida por esa Patria común, en que hay quienes redactan un nuevo panfleto constitucional con el que pretenden robarnos esa unidad maravillosa para cambiarla por un abstracto “Estado plurinacional e intercultural”, potencialmente divisible hasta el infinito. Donde falta unidad y paz, se fomenta la división y la conflictividad social. Donde falta virtud y fe se promueve el vicio y la secularización. Ciertamente, la contienda es desigual, ¡pero ánimo y valor! ¡Porque tampoco en esta hora se arriará nuestra bandera ante el enemigo!

Roberto Astaburuaga: “Seréis como dioses”

Esta semana en la columna Constituyente del diario El Líbero, uno de nuestros abogados del Área Constitucional, analiza la “autonomía ilimitada” del contenido de los 499 artículos del nuevo borrador Constitucional. 

Luego de la última votación por el Pleno de la Convención el sábado pasado, la ciudadanía comenzará por fin a entender el trabajo hecho contenido en 499 artículos y tomar posición. Críticos y detractores han comenzado a enviar análisis, aunque no está todo dicho. En efecto, falta ordenar, armonizar y aprobar un preámbulo y las normas transitorias. El segundo borrador puede ser bastante diferente al primero en la última oportunidad que algunos creen que tiene la Convención para moderarse o simplemente tratarse de una confirmación de nuevas oraciones compuestas por un sustantivo y líneas interminables de adjetivos. 

Sin embargo, la cantidad de artículos, palabras o derechos no dice mucho de la calidad de una Constitución. La regulación y distribución del poder, la conformación territorial y administrativa del Estado y la regulación de los derechos sociales dicen mucho más. Pero lo gravitante y realmente decisivo es el endiosamiento del hombre. 

Es una Constitución que sustituye a Dios por el hombre. Se trata de esa autonomía omnipotente e ilimitada, amparada por el derecho y protegida por el Estado, pero que no es nueva. Consiste en la más pura manifestación del individualismo y liberalismo radical en el que estamos sumidos en nuestra época. Porque quiero, se me debe. No importa si es contradictorio con el derecho, la moral o el bien de la sociedad. Toda pretensión será elevada a rango de derecho fundamental. No hay límites, salvo atentar contra la naturaleza o la Pachamama.

Los artículos sobre derecho a la identidad, autonomía y libre desarrollo de la personalidad son el ejemplo paradigmático de este endiosamiento del hombre. La autonomía personal se convierte en la justificación -no razón- de toda elección o pretensión: aborto porque quiero (“derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo”); solicito la eutanasia porque quiero (derecho a “tomar decisiones libres e informadas sobre sus cuidados y tratamientos al final de su vida”); me identifico como mujer, como persona no binaria o como animal, porque quiero (“derecho a su autonomía personal, al libre desarrollo de la personalidad, identidad y de sus proyectos de vida”).

Lo paradójico es que también se reconoce la autonomía progresiva a los menores de edad (“participar e influir en todos los asuntos que les afecten en el grado que corresponda a su nivel de desarrollo en la vida familiar, comunitaria y social”), pero esa progresividad, entendida como la constante eliminación de límites, desaparece y queda sólo la autonomía ilimitada. Así, la Constitución de la Convención, durante el transcurso de la vida de las personas, comienza reconociendo este principio desde la infancia y alcanza su máximo esplendor cumplidos los 18 años. 

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Daniela Constantino: “Agendas identitarias”

Hoy en el Diario El Líbero, nuestra abogada del Área Legislativa explica por qué el proyecto “José Matías”, que pretende prevenir y sancionar el acoso escolar a niños y adolescentes con disforia de género, no presenta soluciones al problema del acoso y culturalmente constituye una política transafirmativa que no hace ningún bien a los niños.

Señor director:

El martes 17 de mayo se aprobó en general, en la Comisión de Educación, el proyecto de ley mejor conocido como “José Matías”. Este proyecto surgió con el objetivo de prevenir y sancionar el acoso y el bullying escolar, pero enfocado particularmente a niños y adolescentes transgénero. 

Sobre esto, parece importante señalar que existen diversos estudios científicos y experiencia comparada que demuestra que las “terapias transafirmativas” no son recomendadas en niños y adolescentes por los efectos nocivos que estas generan en la salud. Por ejemplo, Suecia, que fue pionera en legislar sobre transexualidad, hoy, después de constatar los efectos nocivos que generan las “terapias transafirmativas” en niños y adolescentes que se autoperciben como transgénero, ha decidido prohibir el uso de bloqueadores hormonales en menores de edad. Otros países como Finlandia y Reino Unido se han sumado al ejemplo de Suecia y han decidido priorizar las terapias psicológicas por sobre las “terapias transafirmaitvas”. 

Por otra parte, hay estudios que afirman que, si se deja que los niños se expresen libremente y no se les encarrila hacia la transición médica, entre un 60% y un 90% desistirán de la idea de “transicionar”, al desaparecer por sí misma la sensación de disforia. Asimismo, 85% de los menores de edad con disforia en la pubertad, con buen acompañamiento psicológico, abandonan la disforia desde los 18 años; únicamente entre un 2% y 39% de los niños que muestran tendencias de disforia de género las mantiene en el tiempo.

Si bien el bullying y el acoso escolar son conductas reprochables que deben ser prevenidas y sancionadas -cuestión que ya contempla nuestra legislación- este proyecto de ley no viene a presentar una verdadera solución a ese problema, si no que, más bien, pretende implementar una política ‘transafirmativa’ más, dentro de las diversas agendas ideológico-identitarias que hoy día circulan en el Congreso Nacional. 

Daniela Constantino Llaven, Abogada ONG Comunidad y Justicia 

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Rerum Novarum: cosas que siguen siendo nuevas

A 131 años de  la revolucionaria encíclica de León XIII, Rerum novarum ―”De las cosas nuevas”― Vicente Hargous, abogado del Área de investigación de Comunidad y Justicia, nos invita a reflexionar por qué su mensaje se mantiene vigente.

Hace 131 años fue publicada la revolucionaria encíclica de León XIII, Rerum novarum ―”De las cosas nuevas”―, con la que comenzó el empeño del Magisterio de la Iglesia por consolidar un cuerpo de doctrina que pueda responder de manera robusta a los cambios planteados por el surgimiento de las sociedades capitalistas. Contra lo que a primera vista podría pensarse, la voz de un Papa de hace más de un siglo mantiene plena vigencia. Y es que nuestra fe nos enseña que el Magisterio de la Iglesia está iluminado por el Espíritu Santo, y no en vano el Papa es llamado con veneración filial “el vicecristo en la tierra”: “Y dijo el que se sentaba en el trono: «he aquí que Yo hago nuevas todas las cosas»” (Apoc. 21, 5). 

Vivimos en un mundo frenético, cambiante, acelerado, dominado por la novedad. Y sin embargo, lo único realmente nuevo sigue siendo la Buena Nueva que nos trajo un carpintero de hace 2000 años: “el mensaje del Evangelio y de la imagen cristiana de Dios corrigen la Filosofía y nos hacen ver que el amor es superior al puro pensar. El pensar absoluto es un amor, no una idea insensible, sino creadora, porque es amor” (Ratzinger, Introducción al cristianismo). 

Por supuesto, ha corrido mucha agua debajo del puente desde 1891. El capitalismo industrial de esos años ―marcado por esa miseria a lo Dickens― ha sido reemplazado por un capitalismo financiero marcado en lo moral por el individualismo, en lo social por ser una sociedad líquida y en lo religioso por ser cada vez más relativista. Pero el aspecto central tratado en la encíclica Rerum novarum se ha mantenido intacto: la separación económica entre capital y trabajo, con todas sus consecuencias sociales y morales. Y la crítica a esa separación sigue plenamente vigente.

No faltan católicos que creen que la Doctrina Social de la Iglesia (DSI) en la materia cambió; que las tesis de Pío XI en Quadragesimo anno (publicada con ocasión del 40° aniversario de Rerum Novarum) y de León XIII quedaron sepultadas con la publicación de Centesimus annus de san Juan Pablo II, que habría legitimado el capitalismo. Se quedan solamente con un párrafo de esta encíclica y omiten todo el resto del Magisterio social, que debería leerse como un todo orgánico. En efecto, San Juan Pablo II introdujo una precisión ―para evitar desviaciones marxistas que de hecho se produjeron al interior de la Iglesia―, reconociendo “el papel fundamental y positivo de la empresa, del mercado, de la propiedad privada y de la consiguiente responsabilidad para con los medios de producción, de la libre creatividad humana en el sector de la economía” (San Juan Pablo II, Centesimus annus, 42), pero sin caer por eso en una defensa ideológica de la esencia del capitalismo ―atacada justamente por León XIII en Rerum Novarum―, que es la separación tajante entre el trabajo y el capital, así como otros elementos que son igualmente nocivos: la búsqueda desenfrenada de riqueza (que no es sino codicia disfrazada), la sobreexplotación de recursos naturales, el desprecio (en el sentido económico y moral de la palabra) de la tarea del trabajador manual, la justificación sistemática de la usura, la sobreproducción y el consumismo de cosas superfluas… Sí, sigue plenamente vigente la DSI, plenamente novedosa: como un cuerpo orgánico y no como un cadáver, pero sigue siendo una y la misma que hace 131 años. 

Por supuesto, Centesimus annus forma igualmente parte del Magisterio social, y debe leerse, pero la comprensión de la DSI exige una visión de la totalidad desde la cual se debe leer cada encíclica, para así comprender mejor aún la totalidad del Magisterio social. Desde el todo a la parte y desde la parte al todo, en un círculo de comprensión que no puede prescindir de la tradición iniciada por León XIII.

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